Aprueban ley que prohíbe castigo físico y humillante a los menores de edad

El trato ofensivo y denigrante a niños, niñas y adolescentes será penado por ley.

Aprobación de la ley contó con el voto favorable de 75 legisladores, ninguno en contra y una sola abstención. Foto: Andina

El Pleno aprobó la propuesta de ley para prohibir el castigo físico a los menores de edad en el día que se recuerda la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Aprobación de la ley contó con el voto favorable de 75 legisladores, ninguno en contra y una sola abstención, por parte del congresista Julio Rosas.

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La norma aprobada define al castigo físico como el uso de la fuerza, en ejercicio de las potestades de crianza o educación, con la intención de causar algún grado de dolor o incomodidad corporal con el fin de corregir, controlar o cambiar el comportamiento de los niños, niñas y adolescentes, siempre que no constituya un hecho punible.

En cuanto al castigo humillante, se indica que es cualquier trato ofensivo, denigrante, desvalorizador, estigmatizante o ridiculizador en ejercicio de la autoridad de crianza o educación con el fin de corregir, controlar o cambiar el comportamiento de los niños, niñas y adolescentes, siempre que no constituya un hecho punible.

La congresista Fujimori Luisa María Cuculiza, presidenta de la Comisión de la Mujer y Familia, explicó que el objetivo de la propuesta es prohibir el uso del castigo físico y humillante en agravio de los menores, ya sea en el hogar, escuela, comunidad o lugares de trabajo.

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Según estadísticas del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), al día se presentan unas 40 denuncias por castigo físico y humillante contra niños y adolescentes, de 0 a 17 años, se presentan al día en nuestro país.

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