COVID-19: Servicios de telecomunicaciones no podrán ser suspendidos o cortados por falta de pago

Así lo informó Osiptel ante la ampliación de la cuarentena hasta el 24 de mayo

Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones. Foto: Andina

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel), informó que los servicios de telecomunicaciones no podrán ser suspendidos o cortados por falta de pago ante la ampliación de la cuarentena por el coronavirus hasta el 24 de mayo.

A través de su cuenta de Twitter, el organismo detalló que las empresas operadoras “se encuentran prohibidas de suspender o dar de baja los servicios públicos de telecomunicaciones” por falta de pago durante el aislamiento social obligatorio.

Recordó a los usuarios que tienen recibos vencidos desde el mes de marzo o consumos realizados durante el periodo de confinamiento, que pueden solicitar el fraccionamiento a su empresa operadora a través de los canales virtuales.

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