Kits para revocatoria de autoridades se venderán a partir del 1 de enero del 2016

JNE informó que se le debe dar un año a los nuevos funcionarios para que la población los evalúe

Foto: archivo El Comercio

Las gestiones de las nuevas autoridades regionales y  municipales se iniciaron el 1 de enero, y aunque algunas personas no estén de acuerdo con las medidas que ya están tomando los funcionarios, estos no podrán ser revocados hasta después del 1 de enero del 2016.

El periodo de estas gestiones es de 4 años, y por eso el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) estableció que la adquisición de los “kits electorales” de recolección de firmas para las consultas de revocatoria será a partir de cumplido un año, para que la población tenga tiempo de evaluar el trabajo de sus autoridades.

Esta disposición se da en el marco de la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos (Ley N° 26300), donde se señala que los ciudadanos tienen derecho a revocar a las autoridades elegidas una vez en el periodo de mandato, excluyendo la posibilidad de presentarla en el primer y el último año.

Conforme a la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos (LDPCC), los ciudadanos promotores deberán cumplir con detallar los cuestionamientos a la autoridad o las deficiencias en el ejercicio de su cargo que hayan significado irregularidades en la gestión municipal o regional.

En su oportunidad, la venta de los kits estará a cargo de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), mientras que la verificación de la autenticidad de las firmas de adherencia será de cuenta del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC).

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