Norma ordena bancarizar compra de vehículos e inmuebles por más de S/ 12,450

Esta fue publicada hoy en el Diario El Peruano y regirá desde agosto de este año

Foto: Andina

Las compras que realicen las personas por más de 12,450 soles (3 UIT) de vehículos, inmuebles, acciones, aumento o reducción de capital social tendrá que ser obligatoriamente bancarizada, informó la Cámara de Comercio de Lima.

Esta nueva Ley de Bancarización (30730) se publicó este miércoles en el Diario Oficial El Peruano y entrará en vigencia recién en los próximos seis meses. Esta incluye a las siguientes operaciones:

1. Constitución o transferencia de derechos reales sobre bienes inmuebles.

2. En la transferencia de propiedad o constitución de derechos reales sobre vehículos, nuevos o usados.

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3. En la adquisición, aumento y reducción de participantes en el capital social de la persona jurídica.

El gerente del Centro Legal de la CCL, Víctor Zavala, aseguró que estas y las compras de autos y casas no se podrán realizar en efectivo. Deben ser los notarios y jueces quienes den fe a los actos jurídicos en los casos mencionados.

Si es que el cliente del notario no quiere demostrar que utilizó un medio bancario para su operación se tendrá que hacer un reporte de operación sospechosa a la Unidad de Información Financiera Perú.

Las transacciones se pueden hacer mediante depósitos, giros, transferencias de fondos, órdenes de pago, tarjetas de débito y de crédito. De igual modo los cheques en general, remesas bancarias y cartas de crédito.

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