COVID-19: Adultos mayores podrán realizar caminatas de 60 minutos tres veces a la semana

Mayores de 65 años y los que presentan comorbilidades podrán realizar recorridos cortos, pero con restricciones

Coronavirus en el Perú. Foto: Andina / Difusión

El Poder Ejecutivo dispuso este sábado modificaciones en las restricciones para los adultos mayores y los que presentan comorbilidades en el marco del estado de emergencia por el COVID-19.

Según dispone el Decreto Supremo Nº 162-2020-PCM, se aprobó que estas personas podrán realizar caminatas de 60 minutos, tres veces a la semana.

Aquí todas las restricciones establecidas en el decreto:

Se señala que las personas en grupos de riesgo, como los adultos mayores de 65 años y los que presentan comorbilidades, de acuerdo a lo señalado por la Autoridad Sanitaria Nacional, no pueden salir de su domicilio, y excepcionalmente lo podrán hacer siempre que requieran de atención médica, ante una emergencia, urgencia o para asistir a una cita médica; así como, para la adquisición de alimentos, medicinas y servicios financieros, en caso de no tener a ninguna persona de apoyo para ello. 

También pueden salir de su domicilio excepcionalmente para el cobro de algún beneficio pecuniario otorgado por el Gobierno en el marco de la emergencia nacional, para el cobro de una pensión en una entidad bancaria o para la realización de un trámite que exija su presencia física.

El decreto resalta además, que las personas en grupos de riesgo no deben recibir visitas en su domicilio y deben evitar el contacto físico con las personas que se desplazan fuera del domicilio.

En el caso de las personas en grupos de riesgo que laboran, se prioriza su prestación de servicios bajo la modalidad de trabajo remoto y en caso deseen voluntariamente concurrir a trabajar o prestar servicios en las actividades autorizadas, se sujetan a las disposiciones que se han emitido a la fecha de entrada en vigencia del presente decreto y a las acciones de fiscalización y supervisión de la autoridad sanitaria, los gobiernos locales y la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).

Las personas en grupos de riesgo, como los adultos mayores y los que presentan comorbilidades, podrán realizar caminatas con las siguientes restricciones:

- A una distancia no superior de 500 metros respecto de su domicilio, en espacios abiertos y sin aglomeraciones.

- La circulación se limita a una caminata de máximo 60 minutos de duración, 3 veces a la semana y, de preferencia, en las mañanas para evitar aglomeraciones con las salidas de otros grupos poblacionales.

- Los adultos mayores dependientes o con discapacidad saldrán acompañados por una persona responsable de su cuidado.

Ante esta nueva medida, la ministra de Salud, Pilar Mazzetti, pidió respetar las disposiciones, pues recordó que en esta pandemia por el COVID-19, la mortalidad en los adultos mayores es ocho veces mayor.

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