Ministerio de Trabajo: Se permitirá cambio de horario y tolerancia de ingreso a labores

El empleador no deberá considerar como tardanza injustificada los retrasos, debiendo otorgar una tolerancia de dos horas

Ministerio de Trabajo sobre horarios de trabajadores. Foto: Andina

Las empresas que realicen actividades económicas estarán facultadas para modificar los horarios de trabajo, suscribir documentación con firma digital y atender la tolerancia en el ingreso al centro labores en el marco del estado de emergencia por el COVID-19.

Según el sector, en el caso de los trabajadores que resulten afectados por la coyuntura, el empleador no deberá considerar como tardanza injustificada los retrasos, debiendo otorgar una tolerancia de dos horas, que podrán ser compensadas.

Durante el plazo de vigencia de la emergencia sanitaria, podrán modificar y establecer de manera escalonada los turnos y horarios de trabajo de sus trabajadores y servidores civiles como medida preventiva frente al riesgo de propagación de la pandemia, según Andina.

En el caso de remuneraciones o beneficios sociales abonados por el sistema financiero mediante depósito, los empleadores podrán poner a disposición del trabajador los respectivos documentos, siempre que el medio usado garantice la constancia de la emisión del documento por el empleador y un razonable acceso del trabajador.

Puede acceder al documento ingresando a: https://www.gob.pe/institucion/mtpe/informes-publicaciones/606097-preguntas-y-respuestas-sobre-las-medidas-laborales-para-afrontar-el-estado-de-emergencia-nacional.

LEEColegio Médico: No es correcto mencionar que hemos llegado a una meseta

LEETraslados a colegios públicos: Ingresa aquí para saber si tu solicitud fue aceptada

Tags

  1. Ministerio de Trabajo
  2. estado de emergencia
  3. coronavirus
Logo Canal N
© Canal N | CONTÁCTANOS: Redacción: info@canaln.pe - tlf: 411-0808