Poder Judicial declaró que no es inconstitucional el Aporte por Regulación

Sociedad de Minería había pedido que se elimine el aporte por ir contra la Constitución.

Foto: OEFA

El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) indicó que la Sexta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró infundada la demanda constitucional interpuesta por la Sociedad de Minería y Petróleo (Snmpe).

La Snmpe había pedido que se declare inconstitucional con efectos retroactivos el Decreto Supremo 130-2013-PCM que estable el pago del Aporte Por Regulación (APR) para la OEFA.

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La Sala consideró que el mencionado Decreto Supremo no creó un nuevo tributo y solo se estableció un parte (alícuota) del Aporte Por Regulación bajo los parámetros establecidos por la Ley marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos.

Asimismo, el Juzgado consideró que no existe vulneración al principio de confiscatoriedad ya que el APR se refiere al fortalecimiento de la fiscalización ambiental.

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