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Abogado de Jorge Barata: Revocar el acuerdo sería un 'absurdo' que debilitaría la posición de la Fiscalía en casos de alta relevancia

César Nakazaki, abogado de Jorge Barata, mencionó que sí declarará en el caso Cócteles solamente si se revoca la resolución del juez

La defensa de Jorge Barata busca mantener el acuerdo de colaboración eficaz. / Video: Canal N

El Poder Judicial ha revocado la condición de colaborador eficaz a Jorge Barata, exdirector de Odebrecht en Perú, debido a su falta de colaboración en el juicio oral contra el expresidente Ollanta Humala.

En diálogo con Canal N, el abogado defensor, César Nakazaki, dijo que ha presentado hoy el recurso de apelación, confiando en que la Sala de Apelaciones, compuesta por tres jueces con mayor experiencia, corregirá los 'errores evidentes' de la jueza de primera instancia. 

Nakazaki explicó que el acuerdo de colaboración eficaz no incluía la obligación de que Barata, domiciliado en Brasil, declarara presencialmente en Perú. 

Según el Código Procesal Penal, los testigos domiciliados en el extranjero deben declarar a través de la cooperación penal internacional. Este procedimiento ha sido seguido en decenas de testimonios previos de Barata, quien ha declarado desde Brasil. 

La controversia surgió en el caso específico del Partido Nacionalista, donde diversos factores, como la suspensión de la cooperación penal internacional por parte de Brasil y solicitudes de reprogramación por parte de la fiscalía peruana, impidieron la declaración de Barata.  

A pesar de estas complicaciones, Nakazaki insiste en que Barata ha mostrado voluntad de colaborar en otros casos, incluyendo el del expresidente Alejandro Toledo. 

Busca mantener el acuerdo de colaborador eficaz

La defensa busca mantener el acuerdo de colaboración eficaz para que Barata continúe brindando testimonios cruciales en varios casos de corrupción, como el de la Interoceánica Sur, donde se investiga un presunto pacto de corrupción de 38 millones de dólares.  

Según Nakazaki, revocar el acuerdo sería un 'absurdo' que debilitaría la posición de la Fiscalía en casos de alta relevancia. 

“Yo confío que deje sin efecto la resolución de la juez y se mantenga el acuerdo de colaboración eficaz para que en su ejecución se puedan seguir dando todos los testimonios”, comentó. 

“Este es el momento que la Fiscalía lo necesita porque el testimonio es en el juicio por es un absurdo intentar revocar el acuerdo justo cuando se necesita ejecutar”, continuó. 

El abogado también aclara que, aunque se revoque el acuerdo, las declaraciones dadas durante la fase de investigación podrían ser utilizadas como pruebas documentales.

El abogado también aclara que, aunque se revoque el acuerdo, las declaraciones dadas durante la fase de investigación podrían ser utilizadas como pruebas documentales.

De acuerdo al abogado César Nakazaki, la resolución de la apelación se espera para fines de julio o principios de agosto.  

Caso Cócteles 

Posteriormente, la defensa de Jorge Barata mencionó que sí declarará en el caso Cócteles solamente si se revoca la resolución del juez. 

“Si se revoca la resolución del juez sin duda alguna. Si hay acuerdo, hay los testimonios. Si no hay acuerdo no va a ver los testimonios”, remarcó. 

“Si se revoca indebidamente el acuerdo de colaboración eficaz para Jorge Barata es proyectable que esto va a generar un efecto en cadena y no va a haber testigos ejecutivos de Odebrecht que son indispensables para poder probar, por ejemplo, el pacto de corrupción de 38 millones de dólares del presidente Toledo, los casos de Rutas de Lima o los casos vinculados a la exalcaldesa Susana Villarán”, agregó. 

Corte IDH 

Finalmente, Nakazaki se refirió a la carta enviada por la presidenta de la república, Dina Bolaurte, y el titular del Congreso, Alejandro Soto, quienes rechazaron la resolución emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) para que se deje sin efecto "el trámite legislativo" de la ley sobre prescripción de delitos de lesa humanidad. 

“Es correcto porque lo que se trata es de ponerle un límite a la práctica abusiva de la regla de la imprescriptibilidad de la acción penal. Tiene que aplicarse esa regla, pero como todo en el derecho con límites y no de manera ilimitada”, manifestó.  

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