Carlos Caro advierte que nueva ley del Fuero Militar Policial tendría problemas de constitucionalidad
El abogado penalista Carlos Caro afirmó que la ley que amplía las competencias del Fuero Militar Policial, promulgada y publicada en el diario oficial El Peruano, presenta serios cuestionamientos de constitucionalidad al ampliar el concepto de delito de función más allá de los límites establecidos por la Constitución y la jurisprudencia.
Según explicó en entrevista con Canal N, el Tribunal Constitucional y la Corte Interamericana de Derechos Humanos han señalado que los delitos de función deben limitarse a la protección de intereses estrictamente militares o policiales, como la disciplina, el orden y la jerarquía.
“Lo que no puede hacerse es convertir el delito de función en una categoría tan amplia que abarque delitos comunes como homicidio, lesiones o tortura”, sostuvo.
Casos podrían pasar al Fuero Militar
Caro indicó que, al tratarse de una norma procesal, su aplicación sería inmediata, por lo que los procesos penales en trámite contra policías o militares por hechos cometidos durante el ejercicio de sus funciones podrían ser remitidos a la jurisdicción militar.
Incluso precisó que la ley establece que el traslado puede realizarse de oficio por el juez o a pedido de cualquiera de las partes. “El juez tendría que dejar sin efecto el proceso ordinario y derivarlo a la jurisdicción militar, incluso si ya existe una sentencia de primera instancia”, explicó.
Jueces podrían inaplicar la norma
El penalista consideró que los jueces ordinarios podrían ejercer control difuso de constitucionalidad e inaplicar la ley si estiman que contradice la Constitución y los tratados internacionales sobre derechos humanos.
Asimismo, señaló que es previsible que la norma sea impugnada mediante una demanda de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, que tendrá la última palabra sobre su validez.
Riesgo de impunidad
Caro advirtió que trasladar delitos comunes al Fuero Militar Policial podría generar escenarios de impunidad, debido a que esta jurisdicción fue diseñada para proteger la disciplina institucional y no para juzgar delitos comunes que afectan a civiles.
“El problema no son las penas, sino las garantías. Los jueces militares han sido formados para proteger intereses militares, no para resolver delitos comunes”, manifestó.
Estiman que miles de casos podrían verse afectados
El abogado señaló que, de aplicarse la norma en forma estricta, más de mil procesos que actualmente se tramitan en la justicia ordinaria podrían pasar al Fuero Militar Policial.
Finalmente, sostuvo que la ley tendría una vigencia limitada debido a los precedentes del Tribunal Constitucional y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que han establecido criterios restrictivos sobre el alcance de la jurisdicción militar. “Lo más probable es que esta ley tenga poca vida porque el tema ya está resuelto por la jurisprudencia constitucional e interamericana”, concluyó.