Caso Cócteles: PJ evaluó apelación fiscal contra archivamiento
La Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional evaluó este jueves, en una audiencia virtual, los recursos de apelación interpuestos por el Ministerio Público y la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Lavado de Activos. Ambas instituciones buscan anular la resolución emitida el pasado 13 de enero por el juez Wilson Verástegui, la cual declaró el "sobreseimiento definitivo" (archivo) del proceso seguido contra la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, por los presuntos delitos de lavado de activos y organización criminal vinculados a las campañas presidenciales de 2011 y 2016.
Durante la sesión, la defensa técnica de Fujimori Higuchi, ejercida por la abogada Giulliana Loza, solicitó al tribunal superior que declare infundados los requerimientos de la fiscalía y la procuraduría. Loza argumentó que el juzgado de primera instancia no hizo más que ejecutar el estricto cumplimiento de la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) dictada el 2 de octubre de 2025, la cual determinó la inviabilidad jurídica de las imputaciones estrellas del equipo especial.
"El tribunal lo que hizo fue declarar la inviabilidad jurídica de este caso respecto a los delitos de lavado de activos y organización criminal. Es decir, en palabras simples para que se entienda: si hay un reconocimiento explícito de que no hay delito, no hay caso. Por esos fundamentos, esta defensa insiste en que se declaran infundadas las apelaciones y se confirme la resolución", sostuvo Loza ante los magistrados.
Los argumentos de la Fiscalía y la Procuraduría
Por su parte, la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, que inicialmente solicitaba 35 años de prisión contra la excandidata presidencial, demandó que se anule el archivo definitivo al sostener que la resolución del juez Verástegui presenta una motivación incongruente y restringe las atribuciones constitucionales del Ministerio Público para readecuar la indagación.
En esa misma línea, la Procuraduría cuestionó que los efectos del fallo del TC se hayan extendido de manera generalizada a otros coprocesados cuyas conductas y verbos rectores eran distintos a los atribuidos a Keiko Fujimori. Según la tesis del Estado, al dejarse sin efecto la formalización de la investigación preparatoria por orden del TC, la causa debió retroceder a la etapa de investigación preliminar y no decretarse un cierre inmediato en la etapa intermedia.
La Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional dejó al voto el pedido del Ministerio Público y la Procuraduría para anular el archivamiento del caso "Cócteles" en el extremo de lavado de activos y organización criminal contra Keiko Fujimori. Mientras la abogada Giulliana Loza defendió el sobreseimiento alegando que el fallo del Tribunal Constitucional tiene calidad de cosa juzgada, la fiscalía argumentó que la decisión de primera instancia vulneró sus facultades de readecuar la investigación preliminar.