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Caso Odebrecht: PJ rechaza amparo de Sunat contra fiscales

Entidad argumentó que fiscales vulneraron debido proceso al archiva denuncia por defraudación tributaria contra funcionarios de Odebrecht, basándose en acuerdo de Colaboración que, según Sunat, no incluía delitos tributarios
Foto y video: Canal N

El Poder Judicial declaró improcedente la demanda de amparo presentada por la Sunat contra el Ministerio Público, en el marco de la denuncia por presunta defraudación tributaria contra exejecutivos de Odebrecht.

La decisión fue emitida por el Séptimo Juzgado Constitucional de Lima, que consideró que el reclamo no afectaba directamente un derecho fundamental.

El recurso buscaba anular dos disposiciones fiscales del caso Lava Jato, emitidas en 2019 por los fiscales José Domingo Pérez y Rafael Vela, quienes decidieron archivar la denuncia penal de Sunat bajo el argumento de que los hechos denunciados estaban vinculados a información protegida por el acuerdo de colaboración eficaz firmado con la constructora brasileña.

Fuente: Canal N

¿En qué se basó la decisión judicial?

En su resolución, el juzgado determinó que la demanda de Sunat no cumplía con el estándar constitucional requerido para un amparo.

Precisó que el verdadero contenido del reclamo era una discrepancia sobre el criterio legal de los fiscales, lo que debe ser debatido en sede penal ordinaria.

Asimismo, el fallo recordó que el Acuerdo de Colaboración y Beneficios con Odebrecht solo comprendía delitos de corrupción de funcionarios, dejando excluidos los delitos tributarios.

En ese sentido, descartó que existiera una invasión de competencias por parte del Equipo Especial de Fiscales, como alegaba Sunat.

Fuente: Canal N

Fiscalía mantiene posibilidad de reabrir caso

Pese al archivamiento, el Ministerio Público dejó abierta la posibilidad de que la Sunat pueda presentar nueva evidencia, siempre que esta no provenga del acuerdo de colaboración eficaz.

La procuradora ad hoc del caso Lava Jato, Silvana Carrión, advirtió que acciones como esta demanda de amparo podrían generar incertidumbre respecto a futuros convenios de cooperación.

El fallo también sostuvo que el acuerdo aprobado judicialmente preservó el derecho del Estado a exigir reparación civil por otros delitos o hechos no incluidos en el objeto del convenio, descartando así una limitación para investigaciones tributarias futuras si se presentan elementos independientes.

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