Congreso: 130 diputados juraron para el periodo 2026 – 2031
La sesión de instalación en el recinto parlamentario fue dirigida por la diputada Cecilia Chacón.
La sesión de instalación de la Cámara de Diputados del Congreso de la República se celebró este 24 de julio de 2026 en el hemiciclo parlamentario.
Durante el acto protocolar, los 130 diputados electos juraron formalmente en sus cargos para asumir sus funciones representativas durante el quinquenio legislativo 2026-2031.
El evento constitucional estuvo bajo la conducción de la Junta Preparatoria, presidida por la diputada Cecilia Chacón, junto con los integrantes Luis Quispe Candia y Romina Uribe. La actividad oficial se inició a las 4:17 p. m. tras registrar la asistencia reglamentaria de 114 diputados en el sistema electrónico.
Desarrollo del acto protocolar e incorporación de los integrantes de la cámara baja
La sesión comenzó con la juramentación de la mesa directiva de la Junta Preparatoria. La diputada Cecilia Chacón de Vettori tomó juramento ante el legislador Luis Quispe Candia manifestando: "Por mi familia, por todos los peruanos, por una verdadera unión y reconciliación, sí juro".
Acto seguido, la titular de la mesa tomó el juramento de ley a los demás miembros de la directiva temporal.
A continuación, la secretaría procedió al llamado por orden alfabético de los parlamentarios acreditados por el Jurado Nacional de Elecciones.
El primer legislador en prestar juramento fue Jaime Abensur Pinasco, representante del partido Fuerza Popular, seguido por los representantes de las demás bancadas parlamentarias conforme a la nómina oficial del proceso.
Durante la ceremonia tomaron juramento los parlamentarios Marlon Aguirre de Juntos por el Perú, Rossana Alayza del Partido del Buen Gobierno, Henry Albañil del Partido Cívico Obras, Arturo Alegría de Fuerza Popular, Christian Aranda de Renovación Popular, Marleni Valencia de Ahora Nación y Ernesto Zunini de Juntos por el Perú, quien fue el último parlamentario en jurar.
Atribuciones constitucionales del estamento representativo según la normativa vigente
El funcionamiento del fuero legislativo se rige por el artículo 102-B de la Constitución Política del Perú, el cual establece el retorno del sistema bicameral.
De acuerdo con el artículo 7 del Reglamento de la Cámara de Diputados, los integrantes del estamento tienen como competencia aprobar las propuestas normativas que serán remitidas al Senado de la República.
Asimismo, el marco legal concede a los diputados la atribución exclusiva de interpelar y censurar a los ministros de Estado, así como otorgar o negar la cuestión de confianza planteada por el gabinete.
De igual forma, el pleno de la cámara posee la facultad institucional de conformar comisiones investigadoras sobre asuntos de interés público.