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Congreso aprobó proyecto de ley de desalojo notarial a inquilinos morosos

Con esta norma, el proceso de desalojo se realizaría en un plazo entre 20 y 30 días
Inquilinos morosos podrían ser desalojados vía notarial. Foto: El Comercio

Con 77 votos a favor, el Pleno del Congreso aprobó el proyecto de ley de desalojo notarial de inquilinos morosos. Con esta norma, el proceso podrá realizarse en un plazo entre 20 y 30 días.

La ley protegerá a los propietarios de los inmuebles que viven de los ingresos de los alquileres y que, lamentablemente, son víctimas de inquilinos que no pagan a tiempo la mensualidad del alquiler. Además, ayudará a la formalización de la actividad de arrendamiento de viviendas.

El Gobierno presentó dicho proyecto de ley para instaurar el desalojo notarial. Con esta medida se busca que los procesos de desalojo de inquilinos morosos o que hayan culminado su contrato sea menos engorroso y de esa manera, generar mejores condiciones en el mercado de alquiler de vivienda.

Esta norma aplica para inquilinos que no hayan pagado dos meses de renta o contra quienes hayan terminado su contrato y no se retiren del predio.

El dueño del inmueble deberá remitir una carta notarial al inquilino para el desalojo de la vivienda y, en caso no se retire, se recurrirá a un notario del distrito donde se ubica el predio y entregar el contrato de arrendamiento, título de propiedad, documentos de identidad, entre otros.

El notario dispondrá enviar una carta al inquilino y le dará de 3 a 5 días para que pueda demostrar que se encuentra al día en los pagos o que el contrato de alquiler aún está vigente.

Si se diera el caso que el inquilino no responda o no logre demostrar que ha cumplido con los pagos, el notario enviará documentos a un juez de paz, quien emitirá una orden de desalojo de manera automática.

En el momento en que el juez del distrito dicte la orden de desalojo, se deberá programar la diligencia con la Policía Nacional del Perú.

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