El Legislativo publicó ley que condiciona el ingreso de menores a hospedajes
Esta mañana el Congreso de la República oficializó la Ley Nº 30802, mediante su publicación en el Diario El Peruano. La norma establece condiciones para el ingreso de niños y adolescentes a hospedajes, ello a fin de garantizar su protección e integridad.
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Con la ley en vigencia, el ingreso de niños y adolescentes a las habitaciones de hospedaje se efectuará en compañía de uno o ambos padres, tutor o responsable, debidamente acreditados por la autoridad competente o con la documentación que demuestre la relación judicial o legal que exista entre ellos o, en su defecto, con autorización otorgada por escrito y con firma legalizada por notario, de conformidad con el Reglamento de Establecimientos de Hospedaje.
La norma exceptúa a los mayores de 16 años con capacidad adquirida por matrimonio o título oficial conforme a las disposiciones establecidas en el artículo 46 del Código Civil, quienes deberán acreditar dicha situación jurídica con los instrumentos públicos correspondientes.
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En caso de duda sobre la documentación que se presente, los encargados de los hospedajes deberán dar aviso al Ministerio Público, a la Policía Nacional o al gobierno local de la jurisdicción, cuyo representante actuará en el ejercicio de sus funciones.
El incumplimiento de lo establecido constituirá infracción, la cual será sancionada con la cancelación de la autorización para desarrollar actividades turísticas.
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