Constitución aprueba el dictamen sobre delitos de lesa humanidad
La Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República, bajo la presidencia del parlamentario Arturo Alegría García (Fuerza Popular), aprobó por mayoría el dictamen del Proyecto de Ley N.° 14337/2025-CR. Esta iniciativa legislativa propone una modificación estructural al Código Penal con el fin de incorporar una regulación específica y taxativa sobre los delitos de lesa humanidad. El grupo de trabajo parlamentario dio luz verde a la propuesta con 16 votos a favor, 4 en contra y 3 abstenciones, tras una sesión marcada por posturas divergentes sobre el impacto de la norma en el sistema judicial peruano.
La reforma plantea la creación del Capítulo VI dentro del Título XIV-A del Código Penal, el cual se denominará formalmente como “Delitos de lesa humanidad”. Asimismo, se proyecta la inclusión del artículo 324-A, que establecerá una definición técnica y expresa de esta figura jurídica. Según el texto aprobado, se considerará que un agente comete este delito cuando realice actos como homicidio calificado, trata de personas, secuestro, violación sexual, desaparición forzada o tortura, siempre que estos se ejecuten como parte de un ataque generalizado o sistemático contra la población civil y con pleno conocimiento de dicho ataque.
Sanciones severas y precisiones sobre el principio de legalidad
El dictamen establece un marco punitivo riguroso para quienes resulten responsables de estos crímenes, fijando una pena privativa de libertad no menor de 30 años hasta la cadena perpetua. La aplicación de estas sanciones máximas estará supeditada a la concurrencia obligatoria de elementos de sistematicidad y la afectación directa a civiles. Un aspecto relevante del dictamen es la precisión técnica sobre la calificación de los hechos: cuando un acto delictivo no logre reunir los requisitos internacionales y nacionales para ser considerado de lesa humanidad, las autoridades judiciales deberán procesarlo necesariamente como un delito común, aplicando las penas ordinarias ya vigentes en la legislación nacional.
Durante el sustento de la norma, el congresista Fernando Rospigliosi, autor de la iniciativa, argumentó que la propuesta busca cumplir con las recomendaciones del Tribunal Constitucional. El parlamentario subrayó la necesidad de precisar el alcance de estos delitos conforme al Estatuto de Roma, criticando lo que considera una aplicación asimétrica de la justicia por parte de ciertos magistrados. En su intervención, señaló que esta figura ha sido utilizada para procesar a militares y policías que enfrentaron al terrorismo, mientras que, según su posición, no se ha aplicado con la misma rigurosidad contra los responsables de organizaciones terroristas que afectaron al país durante décadas.
Posiciones encontradas en el Parlamento sobre la impunidad y la justicia
El debate en la comisión reflejó la polarización política respecto a la justicia transicional. La congresista Ruth Luque (Bloque Democrático Popular) expresó su rechazo tajante, calificando la iniciativa como una vía que podría favorecer la impunidad en casos de violaciones a los derechos humanos. Por el contrario, la legisladora Gladys Echaíz (Honor y Democracia) defendió la regulación alegando que el principio de legalidad exige que el Estado cuente con normas previas y claras antes de procesar a cualquier ciudadano. En esa línea, Patricia Juárez (Fuerza Popular) coincidió en que el sistema penal no puede perseguir delitos que no estuvieran previamente tipificados en el ordenamiento jurídico nacional.
Desde la bancada de Avanza País, los congresistas Adriana Tudela y José Williams Zapata señalaron que la falta de una tipificación específica ha generado interpretaciones arbitrarias y políticas en los procesos judiciales. Tudela enfatizó que el Congreso tiene el deber de evitar procesos indefinidos, mientras que Williams recordó que la mayoría de los encausados bajo esta modalidad son integrantes de las fuerzas del orden. Finalmente, el presidente de la comisión, Arturo Alegría, cerró la sesión afirmando que la ley busca saldar una "deuda normativa vigente" para fortalecer la certeza jurídica en el Perú.