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Estado de emergencia: Multas desde S/86 a S/430 para quienes violen la cuarentena

Gobierno anunció montos de las multas por infringir restricciones durante estado de emergencia  
Foto: Canal N/ Video: Canal N

El gobierno estableció el monto de las multas para aquellas personas que incumplan las medidas de aislamiento e inmovilización social obligatorias establecidas en el estado de emergencia por el avance del coronavirus en el Perú. 

Las multas oscilarán entre los S/86 y los S/430 dependiendo de la gravedad de la falta cometida.

Según el decreto legislativo, aprobado por Ejecutivo serán consideradas infracciones pasibles de una multa el circular por la vía pública para desarrollar actividades económicas no consideradas esenciales, así como no contar con el respectivo pase personal laboral o movilizarse sin mascarilla.

También se sancionará por circular en un vehículo de uso particular sin autorización o desarrollar actividades sociales, recreativas, culturales y religiosas de aglomeración.
Asimismo, serán multadas aquellas personas que se movilicen en pareja o con más un miembro por familia para la adquisición de víveres o medicinas.

De igual manera, se multará por no respetar el mínimo de un metro de distancia obligatorio, formar aglomeraciones en los establecimientos y por rehusarse a cumplir con la identificación dispuesta por los miembros de la Policía o de las Fuerzas Armadas.

 

El infractor que no cumpla con el pago de la multa será impedido de realizar trámites civiles como la suscripción de cualquier tipo de contrato, trámites ante entidades bancarias, actos notariales o ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos y realizar viajes al exterior. 

La norma otorga al Ministerio del Interior cinco días hábiles para aprobar el monto de las multas a imponer por cada infracción cometida, así como su tipificación, el proceso sancionador y los mecanismos para la ejecución coactiva de las multas impagas.

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