CPP rechaza fallos judiciales restrictivos a la libertad de prensa
El Consejo de la Prensa Peruana expresa su más enérgico rechazo ante la errática resolución emitida por el magistrado Gilberto Cáceres Ramos del juzgado mixto de Tocache, que admite la demanda de Habeas Data presentado contra varios de medios de comunicación, para que en un plazo de tres días “bajo apercibimiento de ley en caso de incumplimiento” retiren de la red todas las investigaciones periodísticas que relacionan al demandante, Miguel Arévalo Ramírez, con mafias del narcotráfico en el valle cocalero del Alto Huallaga y con cárteles de la droga del extranjero desde los años ’80.
A las evidentes irregularidades procesales incurridas por el magistrado Cáceres Ramos, sumamos una peligrosa alusión al controvertido concepto de “derecho al olvido” así como una incongruente interpretación de la Ley de Protección de Datos Personales, cuyo artículo 14, inciso 12, señala que no se requiere el consentimiento del titular, “cuando el tratamiento se realiza en ejercicio constitucionalmente válido del derecho fundamental a la libertad de información”.
La resolución del juez que ordena a los medios a retirar todas las publicaciones que hagan referencia a los vínculos de Arévalo con el narcotráfico, comprende a los diarios La República; El Comercio; Perú21; Gestión; Trome; Correo; el portal de periodismo de investigación Ojo Público; la revista Caretas; el semanario Hildebrandt en sus Trece; los canales América Televisión; Canal N; Willax Tv; Cable Alfa Televisión y a la compañía de tecnología estadounidense Google.
Esto no obstante el evidente interés público de la noticia y las fuentes oficiales consignadas en los reportajes, tales como informes de inteligencia de la Policía Antidrogas, informes de la Drug Enforcement Administration (DEA) y testimonios judiciales de cabecillas de las mafias condenados por la justicia peruana, que sindican a Arévalo Ramírez quien reside en Miami en calidad de ciudadano norteamericano como presunto narcotraficante desde sus orígenes en la localidad de Tocache, departamento de San Martin.
Finalmente, si bien el Consejo de la Prensa Peruana reconoce el pleno derecho de la ciudadanía de apelar ante el Poder Judicial cuando se sienta agraviada; considera que los fallos judiciales no deben constituirse en elementos restrictivos para el ejercicio del derecho constitucional a las libertades de expresión y prensa, tal como este caso lo evidencia.
La Junta Directiva
Lima, 14 de enero, 2017