Declaran estado de emergencia en Lima y Callao por 30 días
La medida fue oficializada mediante decreto supremo publicado en el diario oficial El Peruano
El Gobierno del presidente José María Balcázar declaró el estado de emergencia en Lima Metropolitana y en la Provincia Constitucional del Callao por un plazo de 30 días calendario. La medida busca hacer frente a la criminalidad y otras situaciones de violencia, según se informó oficialmente.
La disposición fue oficializada mediante el Decreto Supremo Nº 027-2026-PCM, publicado en edición extraordinaria de las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. La norma entró en vigencia este 28 de febrero de 2026 a las 9:30 a. m., conforme al comunicado difundido.
Control del orden interno y participación de las Fuerzas Armadas
Durante el estado de emergencia, la Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno con apoyo de las Fuerzas Armadas. Según la norma, la PNP determinará las zonas de intervención sobre la base de inteligencia, indicadores, estadísticas y mapas del delito.
La intervención se efectuará conforme al Decreto Legislativo Nº 1186, que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, y al Decreto Legislativo Nº 1095, que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional, además de su reglamento y demás normativa vigente.
Asimismo, se dispone la restricción o suspensión de derechos constitucionales durante el periodo de emergencia. Entre ellos figuran la inviolabilidad del domicilio, la libertad de tránsito por el territorio nacional, la libertad de reunión y la libertad y seguridad personales.
Restricciones y medidas complementarias
La norma establece que las actividades religiosas, culturales, deportivas y no deportivas de carácter masivo y público deberán solicitar permiso previo ante las autoridades competentes para su evaluación. Aquellas que no tengan carácter masivo podrán realizarse sin autorización previa.
Además, se declaró en sesión permanente al Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC), al Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC) de Lima Metropolitana y al Comité Provincial de Seguridad Ciudadana (COPROSEC) del Callao. También se incluyó al Consejo Nacional de Política Criminal (CONAPOC) y a los comandos y comités constituidos en el decreto supremo.
El decreto lleva las firmas del presidente de la república, José María Balcázar; de la presidenta del Consejo de Ministros, Denisse Miralles; del ministro de Defensa, Luis Arroyo; del ministro del Interior, Hugo Begazo; del ministro de Economía y Finanzas, Gerardo López; del ministro de Justicia y Derechos Humanos, Luis Jiménez; y del ministro de Transportes y Comunicaciones, Aldo Prieto.
La medida regirá por 30 días calendario y su aplicación será supervisada por las autoridades competentes, en el marco de la normativa vigente.