Denuncias por desaparición de niños será inmediata
El Gobierno reglamentó medidas especiales para la atención de denuncias de desaparición de menores de edad, personas adultas mayores y con discapacidad, así como aquellas destinadas a su búsqueda, localización y protección.
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Con esta norma ya no es necesario que transcurran 24 horas para reportar a la Policía Nacional la desaparición de una persona en situación de vulnerabilidad, como menores de edad.
El reglamento impone al personal policial la obligación de recibir y tramitar estas denuncias con inmediatez, urgencia y prioridad, bajo responsabilidad, dentro de las 24 horas de presentada, sin perjuicio de atenderla también, aunque haya vencido dicho plazo. Incluso, deberán brindar asistencia, orientación y facilidades a los denunciantes de estos hechos.
Además, dispone la creación de la “Alerta de Emergencia por desaparición de niños, niñas y adolescentes”. Se trata de una nota de alerta que se activará ante la desaparición de un niño, niña o adolescente cuya vida e integridad se encuentre en alto riesgo.
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La Policía Nacional del Perú podrá solicitar la colaboración del serenazgo, los bomberos, las Fuerzas Armadas, entro otros, para que contribuyan con la labor de búsqueda y localización de la persona desaparecida.