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Dina Boluarte observó ley de pensión mínima a docentes cesantes

El Ejecutivo advirtió distorsión en el sistema previsional y riesgos para su sostenibilidad financiera.

Foto y video: Canal N

La presidenta de la República, Dina Boluarte, observó la ley aprobada por el Congreso que buscaba establecer una pensión mínima para docentes cesantes y jubilados. La norma, que fue respaldada por 66 votos a favor en segunda votación, proponía fijar el monto de las pensiones en S/ 3,300 para los maestros retirados de la Carrera Pública Magisterial.

El oficio con las observaciones fue remitido al presidente del Congreso, José Jerí, el último día del plazo legal para su promulgación. La decisión fue suscrita también por el presidente del Consejo de Ministros, Eduardo Arana. Con esta devolución, el proyecto será reexaminado por la Comisión de Economía y Finanzas del Parlamento.

Fuente: Presidencia

Argumentos del Ejecutivo para observar la norma

En el documento enviado al Congreso, el Ejecutivo sostuvo que la ley generaría una distorsión estructural dentro del sistema previsional del Estado, al establecer “un tratamiento excepcional y preferente a los maestros, al margen de las disposiciones generales que rigen tanto en el SNP, el SPP, así como al régimen del Decreto Ley N.º 20530”.

Indicó que esta disposición “implica configurar un régimen paralelo o aislado, rompiendo la uniformidad que caracteriza a los sistemas previsionales”. También señaló que los elementos como edad de jubilación, tasa de aporte y fórmula de cálculo deben aplicarse de forma homogénea para todos los afiliados, sin excepciones sectoriales.

Fuente: Canal N

Críticas por fragmentación del sistema previsional

El gobierno expresó que otorgar un beneficio previsional exclusivo para los docentes “carece de sustento técnico” y puede generar impactos negativos. “El solo hecho de desempeñarse como maestro no constituye, por sí mismo, un criterio válido ni suficiente para justificar la no aplicación de las reglas de cada régimen previsional”, se lee en el oficio.

Se indicó también que esta diferenciación “desvirtúa el principio de equidad que debe regir todo sistema previsional” e introduce “distorsiones normativas y financieras que afectan la coherencia interna de los regímenes de pensiones, comprometiendo su sostenibilidad en el mediano y largo plazo”.

Observaciones sobre constitucionalidad del gasto

El Ejecutivo advirtió que la norma implica una creación de gasto público sin participación del Poder Ejecutivo, lo cual vulnera el artículo 79 de la Constitución. Dicho artículo establece que el Congreso no puede aprobar medidas que impliquen gasto sin contar con el aval del Ejecutivo.

El Congreso de la República no puede utilizar su facultad de iniciativa legislativa para crear o incrementar el gasto de recursos, toda vez que dicha facultad constitucionalmente le corresponde en exclusiva al Poder Ejecutivo”, subrayó el oficio.

Fuente: Canal N

Impacto presupuestal sin análisis actuarial

La propuesta establecía una pensión equivalente a la Remuneración Íntegra Mensual (RIM) correspondiente a la primera escala magisterial.

El Ejecutivo sostuvo que esto implicaría una pensión superior a la percibida por otros afiliados al SNP, SPP e incluso al régimen del Decreto Ley N.º 20530, sin que se haya efectuado un análisis de razonabilidad.

“El proyecto carece de un análisis técnico que evalúe la razonabilidad y proporcionalidad de esta diferencia de trato”, afirmó el Gobierno.

También subrayó que “la creación de regímenes especiales sin respaldo actuarial ni equidad distributiva fragmenta el sistema, socava su sostenibilidad financiera y vulnera los principios que lo sustentan”.

Aprobación previa en el Congreso

El dictamen fue aprobado por el pleno del Congreso en segunda votación el 4 de septiembre. La votación concluyó con 66 votos a favor, 0 en contra y 12 abstenciones. Tras ello, fue remitido al Ejecutivo para su eventual promulgación, pero fue devuelto con observaciones.

Con la observación formalizada, la autógrafa retornará a la Comisión de Economía y Finanzas del Congreso, que deberá evaluarla antes de una eventual insistencia o modificación.

Posición del Ejecutivo sobre el régimen docente

El Poder Ejecutivo reiteró que los docentes deben continuar sujetos a las normas vigentes del sistema previsional al que pertenezcan. “No es recomendable establecer beneficios previsionales diferenciados y desarticulados por tipo de ocupación, sin un sustento que acredite su necesidad y razonabilidad”, concluyó.

Se enfatizó también que cualquier reforma al sistema previsional debe realizarse mediante coordinación entre el Ejecutivo y el Legislativo. “Por competencia, es el Ejecutivo el responsable de la hacienda pública”, puntualizó el gobierno en su comunicación oficial.

La presidenta Dina Boluarte observó la ley que proponía establecer una pensión mínima de S/ 3,300 para docentes cesantes y jubilados. El Ejecutivo devolvió el texto al Congreso alegando que genera distorsiones previsionales y representa un riesgo para la sostenibilidad del sistema. Además, cuestionó que el Congreso apruebe normas que impliquen gasto público sin la participación del Ejecutivo, lo cual vulneraría el artículo 79 de la Constitución. La norma había sido aprobada por mayoría parlamentaria el 4 de septiembre. El dictamen volverá ahora a la Comisión de Economía y Finanzas para su análisis.

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