Dudas sobre nuevo delito de revelación de información reservada
Expertos en libertad de expresión piden que se aclare por ley que los periodistas y medios no serán penalmente responsables por difundir información de interés público en procesos judiciales.
La inclusión del delito de revelación de información reservada en el Código Penal, mediante las facultades delegadas al Ejecutivo, ha generado dudas y cuestionamientos en sectores vinculados a la libertad de prensa. Aunque la norma se orienta a sancionar a funcionarios que divulguen datos de investigaciones penales o actuaciones policiales, especialistas advierten que podría tener efectos indirectos sobre periodistas y medios de comunicación.
El nuevo tipo penal fue aprobado como parte de los decretos legislativos autorizados por el Congreso el 15 de diciembre, dentro del paquete de reformas en seguridad ciudadana, lucha contra el crimen organizado y fortalecimiento institucional.
Objetivo y alcance declarado por el Ejecutivo
Según el Gobierno, la figura penal busca castigar exclusivamente a servidores públicos que revelen información de carácter reservado vinculada a investigaciones fiscales o intervenciones policiales. La sanción principal sería la inhabilitación para ejercer funciones en la administración pública.
Este nuevo delito forma parte de los cambios normativos en el marco del estado de emergencia y busca evitar filtraciones que puedan interferir en procedimientos en curso.
Pronunciamientos desde el Congreso
Desde el Parlamento, el congresista Jorge Montoya afirmó que la norma no está dirigida a periodistas, sino únicamente a autoridades estatales que, teniendo acceso a información confidencial, la difundan sin autorización. “No hay ningún riesgo para la libertad de expresión”, declaró.
Montoya también reconoció que toda norma puede tener problemas de aplicación, pero que lo importante es saber cómo se interpreta y ejecuta dentro de su ámbito legal.
Advertencias de expertos en libertad de expresión
El abogado penalista Roberto Pereira expresó su preocupación por los posibles efectos indirectos del delito. En su opinión, los periodistas podrían ser considerados cómplices si difunden información que proviene de una fuente sujeta a reserva.
Pereira subrayó que “el tipo penal debería establecer una exclusión expresa que deje fuera del alcance penal a los periodistas y medios de comunicación”. Considera que la norma debe diferenciar claramente entre quien divulga en ejercicio de una función pública y quien informa en función del derecho a comunicar.
Posibles efectos en el ejercicio periodístico
Otra preocupación señalada es la posibilidad de que periodistas sean llamados como testigos en procesos penales y, en ese contexto, se les presione para revelar sus fuentes informativas. Pereira advirtió que ello podría representar una afectación indirecta al secreto profesional y a la libertad de prensa.
El marco normativo vigente reconoce la protección de las fuentes periodísticas, pero la interpretación judicial de nuevas figuras penales podría generar tensiones en su aplicación práctica.
Norma forma parte del paquete de seguridad ciudadana
La creación del delito de revelación de información reservada fue incluida en la Ley 32527, que otorga al Ejecutivo facultades por 60 días para legislar en áreas como seguridad ciudadana, economía y fortalecimiento institucional.
Entre los ejes habilitados están también la reforma penitenciaria, el control migratorio y la trazabilidad de comunicaciones en casos de flagrancia, además de la creación de nuevas entidades públicas como SUNIR.
Congreso exige rendición de cuentas sobre decretos emitidos
La ley delegada establece que el Ejecutivo deberá informar por escrito a la Comisión de Constitución del Congreso sobre los avances en la implementación de cada decreto legislativo emitido. Este reporte debe realizarse dentro del plazo de 60 días desde la publicación de cada norma.
También se precisa que los decretos no pueden vulnerar derechos fundamentales ni incidir sobre competencias del Poder Judicial, el Congreso o entidades autónomas.
Recomendaciones para evitar efectos no deseados
Especialistas recomiendan que el decreto legislativo que tipifique el nuevo delito incluya una cláusula explícita de exclusión para periodistas. Esto permitiría prevenir interpretaciones judiciales que puedan afectar el trabajo informativo legítimo.
Hasta el momento, no se ha publicado el texto final del decreto, por lo que los gremios periodísticos y juristas se mantienen a la espera de su redacción definitiva para evaluar su constitucionalidad y efectos.
El delito de revelación de información reservada, aprobado dentro del paquete de facultades legislativas del Ejecutivo, ha generado preocupación en sectores jurídicos. Aunque está dirigido a funcionarios públicos, expertos en libertad de expresión advierten que podría usarse contra periodistas o medios como cómplices. El abogado penalista Roberto Pereira pidió que se excluya expresamente a la prensa del ámbito penal. El Ejecutivo deberá rendir cuentas al Congreso sobre la aplicación de los decretos. La norma, aún no publicada en su versión final, forma parte de las reformas autorizadas por la Ley 32527 en el marco de la seguridad ciudadana.