Dumas: extradición de Brucelee Bermudo no ha sido evaluada formalmente aún
El penalista explicó que la decisión judicial se basó en la falta de elementos suficientes para acreditar peligro procesal, es decir, riesgo de fuga o de obstrucción a la justicia
El abogado penalista Loic Dumas aclaró que la decisión judicial que permitió la liberación de Brucelee Bermudo, presunto implicado en el envío de cocaína al Cártel de Sinaloa, no equivale a una denegación de extradición.
En entrevista con Canal N, explicó que el proceso de extradición aún no ha sido formalmente presentado ante el Poder Judicial.
La resolución emitida corresponde únicamente a la evaluación de su situación personal mientras se desarrolla el trámite de extradición. En este contexto, el juez de garantías consideró que no se cumplían los requisitos necesarios para dictar prisión preventiva.
Extradición no ha sido resuelta y podría activarse formalmente
Dumas indicó que el cuaderno de extradición aún no ha sido remitido por completo y que, una vez formalizado, el Poder Judicial deberá pronunciarse sobre su procedencia.
En paralelo, se podrá volver a analizar la situación jurídica del investigado para determinar si corresponde dictar medidas más severas, como la prisión preventiva.
Recordó que el procedimiento de extradición tiene dos fases: la judicial, que evalúa la legalidad del pedido, y la política, que depende del Ejecutivo, el cual decide si procede la entrega al Estado requirente.
Juez consideró que no se acreditó riesgo procesal
El penalista explicó que la decisión judicial se basó en la falta de elementos suficientes para acreditar peligro procesal, es decir, riesgo de fuga o de obstrucción a la justicia.
Aunque Bermudo enfrenta acusaciones graves por narcotráfico, la jueza concluyó que no se cumplía con todos los requisitos necesarios para imponer la prisión preventiva.
Añadió que, legalmente, la prisión preventiva solo puede dictarse si se cumple de forma conjunta con tres condiciones: graves indicios de comisión del delito, una pena probable elevada, y la existencia concreta de riesgo procesal.
Medidas alternativas pudieron ser aplicadas para evitar fuga
Dumas sostuvo que la ley contempla medidas menos gravosas que la prisión preventiva para garantizar la presencia del investigado en el proceso.
Entre ellas, mencionó la comparecencia con restricciones, la obligación de no ausentarse del domicilio y el impedimento de salida del país.
Estas medidas pudieron ser utilizadas por el juzgado para asegurar que Bermudo no se fugue antes de que se decida sobre el pedido de extradición emitido por las autoridades de Estados Unidos.