Experto cuestiona viabilidad de nulidades planteadas por Juntos por el Perú
Experto electoral, José Naupari precisó que la carga de la prueba recae en quien presenta el pedido de nulidad. Por ello, Juntos por el Perú deberá demostrar que existieron hechos como fraude, cohecho, intimidación, violencia o amenazas que hayan influido en el resultado de la votación en las mesas cuestionadas
Juntos por el Perú presentó recursos para solicitar la nulidad de más de 1.700 mesas de sufragio a nivel nacional y de otras mesas instaladas en el extranjero; sin embargo, el especialista en derecho electoral José Naupari consideró que estos pedidos tendrían escasas posibilidades de prosperar debido a los requisitos legales y a los precedentes establecidos por los organismos electorales.
En entrevista con Canal N, Naupari explicó que los pedidos de nulidad deben ser resueltos inicialmente por los Jurados Electorales Especiales (JEE), que cuentan con un plazo de tres días para emitir una decisión. Posteriormente, las resoluciones pueden ser apeladas ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
El especialista recordó que la legislación electoral exige el pago de una tasa por cada mesa cuya nulidad se solicita. En el caso de las mesas nacionales, el monto equivale al 25% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) por cada una. Según indicó, si los recursos no adjuntan el comprobante de pago correspondiente, podrían ser declarados improcedentes.
"Ahora bien, otro elemento que también habría que considerar es que, guste o no, el jurado nacional de elecciones prevé una figura de arancel, tasa, si quieres llamarlo, de justicia electoral, según la cual, por ejemplo, respecto a nulidades de mesa, te dice que tienes que pagar el 25% La nulidad de la UIT por pedido", explicó.
Asimismo, señaló que la sola existencia de patrones similares de votación no constituye una prueba suficiente para acreditar fraude electoral. “Si tomamos en consideración la jurisprudencia electoral del 2021 y la de la primera vuelta de estas elecciones, ese tipo de argumentos no ha sido considerado suficiente para anular mesas de sufragio”, afirmó.
Naupari precisó que la carga de la prueba recae en quien presenta el pedido de nulidad. Por ello, Juntos por el Perú deberá demostrar que existieron hechos como fraude, cohecho, intimidación, violencia o amenazas que hayan influido en el resultado de la votación en las mesas cuestionadas.
Plazo para la resolución de nulidades, actas observadas, recuento de votos y apelaciones
Respecto a los plazos del proceso electoral, el especialista estimó que la resolución de las nulidades, las actas observadas, los recuentos de votos y las eventuales apelaciones podrían quedar concluidas durante los primeros días de julio, sin necesidad de esperar hasta la quincena de ese mes.
Finalmente, Naupari sostuvo que, hasta el momento, no existen elementos que permitan hablar de fraude electoral ni en la primera ni en la segunda vuelta. En ese sentido, consideró que las diferencias entre las proyecciones privadas y los resultados oficiales forman parte de las variaciones previstas dentro del margen de error estadístico y no constituyen evidencia de irregularidades en el proceso.