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Fonavi: Gobierno publica reglamento de ley que permite devolución de aportes

El Poder Ejecutivo emitió hoy un decreto supremo que aborda la reglamentación del pago a los exaportantes, el dinero sería devuelto a los beneficiarios a partir del 20 de diciembre 

Aportantes de Fonavi | Video: América Noticias

El Gobierno, a través del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), publicó hoy, el reglamento de la ley que permite la devolución de aportes del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi).

La medida fue oficializada a través del Decreto Supremo Nº 280-2023-EF compartido en el Boletín de Normas Legales del Diario El Peruano. El documento lleva las firmas de la presidenta Dina Boluarte, el premier Alberto Otárola y el titular del MEF, Alex Contreras.

Luego a la reglamentación  la Comisión Ad Hoc entregará en un tiempo no mayor de 30 días hábiles los Certificados de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos del Fonavista.

Colas esperando información sobre devolución del Fonavi

Ante el anuncio de hoy, cientos de adultos mayores llegaron hasta la Secretaría Técnica del Fonavi en el jirón Carabaya para varificar su caso. "Nos dijeron para el día 14, ahora nos van a decir en febrero, estamos indignados, eñaló uno de los aportantes.

El primer pago a los aportantes del grupo N°1 sería a partir del 20 de diciembre. 

¿Quiénes son los beneficiarios?

El Decreto supremo definió quiénes son los beneficiarios del Fonavi. Estos aportantes tiene las siguientes características:

  • Persona natural que contribuyó al Fonavi en su condición de trabajador
  • Registrado en el Padrón Nacional de fonavistas que elaboró la Comisión Ad Hoc
  • Deudos, en caso de fallecimiento del fonavista beneficiario

Los fonavistas beneficiarios pueden tramitar o cobrar la devolución de aportes por medio de representantes debidamente autorizados mediante Carta Poder con firma legalizada notarialmente o mediante escritura pública.

¿Cómo se realiza la devolución del Fonavi?

El pago de los aportes se realizará por medio del Banco de la Nación, según informa la reglamentación publicada. Como se sabe, el fonavista deberá entregar los documentos que la entidad le requiera. Si cumple con eso, podrá cobrar el Fonavi por los mecanismos de la entidad, incluido la modalidad de abono en cuenta.

Página para ver si se encuentra en padrón de beneficiarios

Si no está seguro de ser beneficiario, puede ingresa a este link del Padrón Nacional y colocar los datos del fonavista. Recuerde tener el DNI, carnet de extranjería, carnet de fuerzas policiales o carnet de las fuerzas armadas, ya que se solicitará el número de documento.

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