Giusti: daños por obras privadas deben ser cubiertos con CAR
Vecinos se ven seriamente afectados: pisos levantados, paredes rajadas, columnas comprometidas y ventanas rotas. Estas son algunas de las consecuencias que pueden generar las excavaciones profundas en construcciones privadas sobre las viviendas colindantes.
La decana del Colegio de Arquitectos del Perú, Lourdes Giusti, recalcó que estos daños deben ser previstos y cubiertos por las constructoras a través de un seguro obligatorio establecido por ley.
La ley exige presentar la póliza CAR antes del inicio de la obra
Giusti fue enfática al recordar que la Ley 29690 obliga a presentar este seguro conocido como póliza CAR antes de iniciar cualquier construcción. “Ese seguro se puede utilizar para este tipo de daños”, explicó, y reiteró que su presentación es obligatoria justamente para proteger a terceros.
El objetivo es garantizar la cobertura ante daños como rajaduras o levantamientos estructurales ocasionados durante la ejecución de obras, especialmente cuando se trata de excavaciones profundas.
Una buena práctica es hacer una visita previa con notario
Aunque no es un requisito legal, Giusti recomendó realizar una inspección previa de las viviendas cercanas, preferentemente con un notario, y registrar la situación en la municipalidad como medida de protección frente a posibles daños y para facilitar reclamaciones futuras.
En cuanto al rol de las municipalidades, la decana subrayó que estas entidades otorgan licencias de construcción, pero que ello no implica luz verde inmediata para iniciar obras. “Se tiene que ingresar un anexo con el cronograma y pagar para las visitas del inspector municipal”, explicó. La fiscalización es parte esencial para garantizar que no se vulneren derechos de terceros.
La empresa tiene la obligación de no afectar a los terceros
La arquitecta señaló que las inmobiliarias deben responder ante cualquier daño ocasionado a edificaciones vecinas. “Para eso se hacen peritajes y análisis técnicos estructurales más a detalle”, mencionó. En casos de afectaciones graves, la responsabilidad puede incluir reparaciones o reconstrucciones, según dictámenes técnicos.
Todo dependerá de la magnitud: no hay medida exacta
Finalmente, Giusti aclaró que la ley no restringe la afectación únicamente a la vivienda colindante inmediata, ya que el impacto de una obra depende de su magnitud. Esto amplía el concepto de afectaciones a terceros, que puede extenderse más allá de lo visible o cercano.