Graciela Chipana: MIMP rechaza presunta discriminación a niño con TEA
MIMP rechaza caso de discriminación a niño con TEA que involucra a diputada Graciela Chipana de Juntos por el Perú
El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) emitió un comunicado oficial en el que rechazó todo acto de discriminación contra menores con trastorno del espectro autista (TEA). La postura institucional se produjo tras la difusión de un reportaje del programa Cuarto Poder, donde se reveló que la diputada de Juntos por el Perú, Graciela Chipana, afronta un juicio oral por el presunto delito de discriminación agravada en agravio de un niño de 3 años.
El sector remarcó que las personas con discapacidad tienen derecho a recibir una educación inclusiva y un trato digno, sin sufrir actos de segregación en los centros educativos del país.
Detalles del juicio oral y pedido del Ministerio Público
La acusación fiscal contra Graciela Chipana se remonta a abril del 2025, época en la que laboraba como profesora de educación inicial en el colegio San Antonio de Padua, en la región Moquegua. Según la tesis del Ministerio Público, la entonces docente se habría opuesto a recibir al menor en su aula debido a su condición de autismo.
Por estos hechos, la Fiscalía ha solicitado dos años de inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos. El proceso judicial se encuentra actualmente en la etapa de actuación probatoria y se estima que la sentencia de primera instancia podría emitirse en un plazo de tres meses.
Marco legal de inclusión y defensa legal de la parlamentaria
En su comunicado, el MIMP invocó el cumplimiento de la Ley N.° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, la cual exige que las escuelas cuenten con docentes capacitados e implementen ajustes razonables para asegurar la permanencia y aprendizaje de los estudiantes.
Por su parte, la parlamentaria Graciela Chipana afirmó que existe una intención de afectar su imagen pública. Su abogado defensor, el exfiscal José Domingo Pérez, sostuvo que el Ministerio Público interpretó de manera errónea las observaciones formuladas por su patrocinada sobre las necesidades de atención que requería el menor en el centro educativo.