Indecopi: Gloria, Laive y Nestlé fueron sancionadas con multa ascendente a S/4 millones
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) sancionó a las empresas Gloria, Laive y Nestlé con una multa ascendente a los cuatro millones de soles. Las compañías comercializaban los productos como leche cuando en realidad no lo eran.
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La sanción fue impuesta en primera instancia por la Comisión de Protección al Consumidor N° 3 (CC3) luego de determinar que las mencionadas marcas infringieron el deber de idoneidad y el derecho a la información. La multa fue de 1,093.3 UIT, correspondiente a S/4.427.865.
Las tres compañías sancionadas, según Indecopi, no cumplieron con el deber de consignar el etiquetado de los alimentos, de conformidad con la legislación sobre la materia o en su defecto a lo establecido en el Codex Alimentarius, dado que se ofreció a los consumidores productos cuya denominación no reflejaba su verdadera naturaleza.
Productos sancionados
Gloria: la multa fue de S/1.8 millones por sus productos: bolsitarro y tetrapack de la marca Bonlé, y el producto Bolsitarro de la marca Pura Vida. Según la CC3, los ingredientes de dichos productos determinaron que no puedan ser considerados leche, producto lácteo o lácteo compuesto.
Laive: la multa impuesta fue de S/1.8 millones por tres productos en presentación caja tetrapack y uno en presentación bolsitarro.
Nestlé Perú: la multa fue de S/682.425, por el producto Ideal Cremosita Light, en presentación de lata. En dicho caso la sanción fue impuesta dado que el producto fue denominado leche evaporada, pese a contener grasa vegetal, lo cual no es permitido por el Codex Alimentarius.