JNE aclara que fallo judicial no ordena elecciones complementarias ni anula resultados de las Elecciones 2026
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) precisó que la Resolución N.° 8, emitida por el Quinto Juzgado Constitucional de Lima en el proceso de amparo promovido por el alcalde de Lima, Renzo Reggiardo, no dispuso la convocatoria de elecciones complementarias ni dejó sin efecto los resultados de las Elecciones Generales 2026.
A través de un pronunciamiento, el organismo electoral explicó los alcances de la decisión judicial relacionada con los retrasos en la distribución del material electoral, que afectaron la apertura de algunas mesas de votación.
El JNE informó que el juzgado declaró fundada la excepción de falta de legitimidad para obrar planteada por la Procuraduría Pública del organismo electoral. Según precisó, la decisión se sustentó en que Reggiardo no contaba con habilitación legal para representar judicialmente a ciudadanos respecto de derechos fundamentales de titularidad individual, como el derecho al sufragio.
Asimismo, señaló que el órgano jurisdiccional declaró la sustracción de la materia respecto de la pretensión principal de la demanda, vinculada con la realización de elecciones complementarias. “Por lo que no dispuso la convocatoria de nuevos comicios ni dejó sin efecto los resultados del proceso electoral”, indicó el JNE.
El organismo agregó que su Procuraduría Pública evaluará, en ejercicio de su autonomía funcional, la posibilidad de interponer los recursos impugnatorios que considere pertinentes.
JNE informa que continúa vigente la dispensa de multas
Respecto a la exoneración de multas por omisión al sufragio en las mesas de votación que iniciaron sus funciones después de las 11:00 a. m. debido a los retrasos en la distribución del material electoral, el JNE recordó que se mantiene vigente el procedimiento administrativo de justificación y dispensa electoral.
Mediante este mecanismo, los ciudadanos que no pudieron ejercer su derecho al voto por circunstancias excepcionales y justificadas pueden solicitar la exoneración de la multa, siempre que cumplan con las causales y los requisitos establecidos en la normativa vigente.
El organismo precisó que este procedimiento continúa habilitado independientemente de que la resolución judicial haya adquirido firmeza, sin perjuicio de los efectos que pudiera tener una decisión judicial definitiva.
Organismo evaluará medidas sobre control electoral
Sobre las disposiciones judiciales relacionadas con la mejora de los protocolos de control previo, el JNE señaló que estas deben examinarse considerando los alcances de la resolución y las competencias constitucionales y legales del organismo electoral.
Finalmente, reafirmó su compromiso con la protección del derecho al sufragio, el respeto de la voluntad popular y el fortalecimiento de los mecanismos de fiscalización electoral.