JNE activa restricciones por segunda vuelta
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) dio inicio al marco restrictivo previo a los comicios del domingo 7 de junio. Incumplimiento prevé multas de hasta 100 UIT
A partir de las 00:00 horas de este lunes 1 de junio, entra en vigencia la prohibición penal y administrativa para difundir o publicar encuestas de intención de voto en todo el país. El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) precisó que esta medida forma parte del calendario de restricciones obligatorias con miras a la segunda vuelta presidencial del próximo domingo 7 de junio.
El máximo organismo electoral del país recordó que la fiscalización de los estudios de opinión busca cautelar la neutralidad del proceso, resguardando la decisión del electorado en la fase de cierre de las campañas partidarias. La disposición se ejecuta de forma vinculante en cumplimiento estricto de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE).
Las personas jurídicas o naturales que incumplan la normativa técnica y difundan cualquier sondeo electoral de manera pública serán sancionadas administrativamente. El marco de multas tipificado por la ley oscila entre las 10 y las 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), montos que representan penalidades económicas de entre S/ 55 000 y S/ 550 000.
¿Cuál es el cronograma de prohibiciones establecido por el JNE?
Las restricciones de la legislación electoral peruana se incrementarán de manera paulatina durante el transcurso de la semana. Desde las 00:00 horas del viernes 5 de junio, quedará prohibido el desarrollo de mítines, reuniones o cualquier manifestación pública de índole política, pauta cuya contravención implica una pena privativa de la libertad de tres meses a dos años.
En esa línea, el ordenamiento legal dispone que desde las 00:00 horas del sábado 6 de junio se suspenderá la difusión de toda propaganda política. Los ciudadanos o agrupaciones que vulneren este mandato legal específico afrontarán un procedimiento inmediato con penas de prisión no menores de dos años.
¿Cuándo inicia la Ley Seca y qué sanciones contempla?
La restricción para el expendio y comercialización de bebidas alcohólicas, conocida como Ley Seca, comenzará a regir a partir de las 08:00 horas del sábado 6 de junio, extendiéndose de forma ininterrumpida hasta las 08:00 horas del lunes 8 de junio. Los establecimientos comerciales que infrinjan la norma se exponen a la clausura, multas de S/ 3390 y penas de cárcel de hasta seis meses.
Finalmente, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) recordó que el domingo 7 de junio, día del sufragio general, no se podrán realizar asambleas ni reuniones políticas en un radio menor de 100 metros de los locales de votación entre las 07:00 y las 17:00 horas. El cuerpo de fiscalizadores del JNE, en coordinación con las fuerzas del orden, ejecutará operativos permanentes a nivel nacional para hacer cumplir las disposiciones vigentes.