JNE fija criterios para aplicar la valla electoral en comicios
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aprobó criterios para aplicar la valla electoral en las Elecciones Generales 2026 y definió las condiciones que deberán cumplir las organizaciones políticas para participar en la distribución de escaños en el Senado y la Cámara de Diputados. El acuerdo del pleno señala que los partidos deberán alcanzar al menos el 5 % de los votos válidos a nivel nacional y además obtener tres senadores o siete diputados, según la cámara correspondiente.
La decisión fue adoptada mediante acuerdo del 12 de marzo de 2026 y, de acuerdo con el JNE, responde a consultas formuladas por la ONPE y por actores políticos sobre la aplicación del artículo 20 de la Ley Orgánica de Elecciones. El organismo indicó que estos criterios se establecen antes del proceso de escrutinio para que las reglas sean conocidas con anticipación por las organizaciones políticas y la ciudadanía.
Reglas para acceder al reparto de escaños
El acuerdo precisa que la valla electoral se aplicará de manera concurrente en ambas cámaras. Esto significa que no bastará con cumplir una sola condición para ingresar al procedimiento de distribución de escaños.
Según el texto, las organizaciones políticas deberán alcanzar como mínimo el 5 % del número legal de miembros de la cámara correspondiente. En el Senado, esa exigencia equivale a tres integrantes de un total de 60, mientras que en Diputados corresponde a siete de un total de 130.
Además, deberán obtener al menos el 5 % de los votos válidos a nivel nacional en la respectiva cámara. El JNE remarcó que ambos requisitos se calculan de manera independiente.
Cálculo definido para la elección del Senado
En el caso del Senado, el pleno precisó cómo se calculará la valla electoral vinculada al porcentaje de votos válidos. El acuerdo establece que se tomará en cuenta la suma de los votos válidos obtenidos en las dos modalidades de elección senatoriales.
Esa suma comprenderá los votos de la elección por distrito electoral único nacional y de la elección por distrito electoral múltiple. Con ese criterio, el porcentaje del 5 % se determinará sobre el total de votos válidos emitidos para la conformación del Senado.
El texto añade que este punto era el que planteaba una dificultad interpretativa por tratarse de dos modalidades dentro de una misma cámara. Por esa razón, el JNE adoptó una precisión expresa sobre la aplicación de la regla.
Alcance de la regla en Diputados
Para la Cámara de Diputados, el acuerdo señala que no existe dificultad interpretativa en la aplicación de la valla electoral. Esto, según el documento, se debe a que la elección de sus integrantes se desarrolla mediante una sola modalidad electoral.
En esa cámara, el acceso al procedimiento de distribución de escaños seguirá directamente las condiciones previstas en la ley. El JNE indicó que, al existir una única elección, no se requiere una precisión adicional como la establecida para el Senado.
Base legal del acuerdo del pleno
El organismo electoral indicó que el artículo 20 de la Ley Orgánica de Elecciones, modificado por la Ley N.° 32245, establece las exigencias para acceder al procedimiento de distribución de escaños. Esa norma señala que se requiere alcanzar el cinco por ciento del número legal de miembros y el cinco por ciento de los votos válidos a nivel nacional en la respectiva cámara.
El acuerdo también menciona que las Elecciones Generales 2026 fueron convocadas mediante el Decreto Supremo N.° 039-2025-PCM. En ese proceso se elegirá presidente de la República, vicepresidentes, senadores, diputados y representantes ante el Parlamento Andino para el periodo 2026-2031.
Modalidades previstas para elegir el Senado
El JNE recordó que el Senado estará conformado por 60 escaños. De ese total, 30 serán elegidos en distrito electoral único mediante representación proporcional.
Los otros 30 senadores serán elegidos en distritos electorales múltiples. El acuerdo precisa que 26 escaños corresponden a 26 circunscripciones electorales y que Lima Metropolitana tendrá 4 escaños asignados mediante representación proporcional.
Consultas previas y difusión del criterio
La entidad señaló que la decisión responde a consultas presentadas por la Oficina Nacional de Procesos Electorales y por diversos actores políticos. El propósito, de acuerdo con el acuerdo, es que exista claridad sobre las reglas que se usarán en la asignación de escaños.
El pleno dispuso comunicar el acuerdo a la ONPE, al Reniec, a los Jurados Electorales Especiales y a las organizaciones políticas con candidatos inscritos en las Elecciones Generales 2026. También ordenó su publicación en el portal institucional del JNE y en el diario oficial El Peruano.
Aplicación para las elecciones de 2026
Con esta precisión, la valla electoral quedará aplicada bajo un criterio específico para el Senado y bajo la regla legal directa para Diputados. El acuerdo del pleno establece así la forma en que se evaluarán los requisitos de votos y representación parlamentaria en las Elecciones Generales 2026.
El documento señala que las organizaciones políticas deberán cumplir ambas condiciones de manera simultánea para acceder al reparto de escaños. También precisa que, en el Senado, el cálculo del 5 % de votos válidos considerará la suma de las dos elecciones senatoriales previstas para esa cámara.
El Jurado Nacional de Elecciones aprobó un acuerdo para precisar cómo se aplicará la valla electoral en las Elecciones Generales 2026. El texto establece que los partidos deberán cumplir dos requisitos simultáneos para acceder a la distribución de escaños: alcanzar al menos el 5 % del número legal de miembros de la cámara correspondiente y obtener como mínimo el 5 % de los votos válidos a nivel nacional. En el Senado, ese porcentaje se calculará con la suma de los votos válidos del distrito electoral único y del distrito electoral múltiple. Para Diputados, la regla se aplicará directamente al existir una sola modalidad de elección.