JNE: Rospigliosi no infringió la neutralidad electoral
El Jurado Nacional de Elecciones declaró fundada la apelación del presidente del Congreso y descartó su responsabilidad por el uso de una cámara oficial en mitin de Fuerza Popular
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró fundada la apelación presentada por Fernando Rospigliosi, presidente del Congreso, y resolvió que no incurrió en infracción al deber de neutralidad electoral. El caso se originó tras el uso de una cámara institucional del Parlamento durante un mitin de Fuerza Popular.
En su resolución, el máximo organismo electoral concluyó que Rospigliosi no tuvo responsabilidad directa en la disposición del equipo técnico para la cobertura del evento partidario. Esta decisión revoca una resolución previa del Jurado Electoral Especial (JEE) de Pacasmayo, que lo había señalado por un supuesto uso indebido de recursos del Estado.
El fallo no exime a otros funcionarios del Legislativo
Si bien Rospigliosi fue exonerado de responsabilidad, la decisión del JNE no alcanzó al director general del Congreso, Jaime Abenzur, ni al exfuncionario Daniel Luza. Ambos continúan involucrados en la evaluación de responsabilidades administrativas en torno al caso.
La defensa del titular del Congreso argumentó que la autorización para el uso del equipo audiovisual no fue gestionada por él, y que la acción fue ejecutada por un trabajador de nivel operativo, quien ya habría sido retirado del cargo. El pleno del JNE tomó en cuenta esta posición al momento de deliberar.
Contexto del caso: mitin de Fuerza Popular y uso de cámara oficial
El proceso se inició a raíz de una denuncia por la presencia de una cámara del Congreso en un acto político de Fuerza Popular. Según el JEE de Pacasmayo, el uso del recurso audiovisual institucional vulneraba el principio de neutralidad, debido a su vinculación con una organización política en campaña.
El expediente llegó al pleno del JNE, que evaluó en audiencia pública los argumentos presentados por la defensa de Rospigliosi. Finalmente, se determinó que no existía una relación directa entre el funcionario y la autorización para el uso del equipo, y se decidió revocar la sanción.
Conclusión
El JNE resolvió que Fernando Rospigliosi no incurrió en infracción a la neutralidad electoral por el uso de una cámara del Congreso en un evento de Fuerza Popular. Sin embargo, la responsabilidad sigue en evaluación para otros funcionarios del Legislativo.