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JNJ: Poder Judicial repuso a Inés Tello y Aldo Vásquez

La Primera Sala Constitucional de Lima falló a favor de la medida cautelar presentada por los magistrados inhabilitados por el Congreso por 10 años de la función pública

Inés Tello y Aldo Vásquez. Fotos: Andina. Video: Canal N

La Primera Sala Constitucional de Lima falló a favor de la medida cautelar presentada por los magistrados Inés Tello y Aldo Vásquez, inhabilitados por el Congreso por 10 años de la función pública, y ordenó reponerlos inmediatamente como miembros titulares de la Junta Nacional de Justicia.

De acuerdo con la resolución, la inhabilitación se dio en abierta violación de la Constitución, vulnerando los derechos de quienes presentaron la medida cautelar.

Por otro lado, en el caso de Aldo Vásquez, se advirtió que la inhabilitación se produjo en segunda votación, "luego de negociaciones ilegítimas para alcanzar los votos suficientes a través de una reconsideración que careció de sustento alguno".

El Poder Judicial "Se suspenda los efectos jurídicos de los Acuerdos adoptados el 7 de marzo de 2024 en relación a los solicitantes, mediante los cuales el Pleno del Congreso de la República, aprobando la Acusación Constitucional originada en la Denuncia Constitucional 373-2023, dispuso inhabilitarlos de toda función pública por el término de 10 años, afectando así el ejercicio de sus funciones como miembros titulares  de  la Junta Nacional de Justicia, para la que fueron nombrados por el período 2020-2025, la misma que se inició el 6 de enero de 2020 y que culminará el 6 de enero de 2025", indica la resolución.

"(...) agregan que tal decisión vulnera los derechos invocados en la demanda y, al mismo tiempo, suma nuevos agravios, al haberse producido el acuerdo tras el hecho escandaloso de que la  votación,  que dispuso inhabilitarlos, se haya dado en abierta violación de la Constitución Política del Estado, al haber votado en ambos casos, en el Pleno, los congresista José Luna Gálvez y José Enrique Jerí Oré, miembros titulares de la Comisión Permanente del Congreso, con lo cual se ha vulnerado de modo flagrante lo dispuesto en el artículo 100 de la Constitución; asimismo, sostienen que en  el caso de la inhabilitación de Aldo Alejandro Vásquez Ríos, esta se produjo en segunda votación, luego de negociaciones ilegítimas para alcanzar los votos suficientes a través de una reconsideración que careció de sustento alguno", agregó.

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