Toyama: Modificación de ley del teletrabajo iría contra tendencias globales de flexibilidad
Se prohíbe realizar actividades personales en horario laboral
Con 96 votos a favor, el Pleno aprobó, en primera votación, el texto sustitutorio del dictamen del Proyecto de Ley 5889 que propone modificar la Ley 315772, la Ley del Teletrabajo.
El abogado laboralista, Jorge Toyama, abogado laboralista, en diálogo con Canal N señaló que el proyecto podría ir en contra de las tendencias globales de flexibilidad en el teletrabajo, que han demostrado ser efectivas y preferidas por muchos empleados.
“Los trabajadores que laboran en su casa tienen flexibilidad y viene funcionando. Muchos trabajadores prefieren trabajar en su casa. Una de las preguntas en las entrevistas de trabajo ya no es cuánto gano, la pregunta previa es ¿hay teletrabajo acá o no? Hay personas que incluso dicen de plano ya no trabajo cuando los pasan a presencial 100%”, sostuvo.
Señaló que la modificación va contra toda la corriente flexible del teletrabajo, “equivale a estar preso en tu casa. Según este proyecto de ley debo pedir permiso para todo”.
¿Qué dice la modificación de la Ley del Teletrabajo?
La propuesta indica que el tiempo no laborado a causa de cortes en el suministro de la luz o por la falta de servicio de internet debidamente acreditados no pueden ser motivo de descuento en las remuneraciones del teletrabajador ni tampoco objeto de recuperación posterior.
Sobre el lugar donde se desarrolla el teletrabajo, en caso de cambio del lugar habitual de teletrabajo, el teletrabajador debe informarlo al empleador con una anticipación de cinco días hábiles, salvo causa debidamente justificada.
Asimismo, se indica que, durante el desarrollo de la jornada laboral, el trabajador se encuentra prohibido de abandonar el lugar habitual de teletrabajo y de realizar actividades particulares; en este último caso, si las realiza, deberá justificarlas.
“No presentar la justificación constituye una falta disciplinaria grave, siendo causal para el inicio de un procedimiento disciplinario y posterior sanción, según corresponda, la cual puede disponer la reversión automática de la modalidad de teletrabajo”, se precisa.