Julio Rodríguez sobre delito de revelación de información reservada: Debió priorizarse la vía administrativa
Precisó que el objetivo central de la norma es evitar que se divulgue información que debe permanecer en reserva hasta etapas posteriores del procedimiento, como la etapa de juzgamiento, en la que sí corresponde la publicidad
El abogado penalista Julio Rodríguez se pronunció sobre el decreto legislativo que incorpora al Código Penal el delito de revelación de información reservada por servidor o funcionario público, norma que establece penas de cinco a diez años de prisión y que fue publicada en el diario oficial El Peruano.
Rodríguez explicó los alcances de la medida, sus implicancias en el ámbito penal y administrativo, así como el impacto en la labor periodística.
El penalista señaló que existe una necesidad de proteger actos administrativos de investigación tanto en el ámbito penal como en el administrativo.
Indicó que, en diversos casos, información que debía mantenerse bajo reserva terminaba haciéndose pública de manera anticipada, lo que generaba perturbaciones u obstaculizaciones en los procesos de investigación.
Precisó que el objetivo central de la norma es evitar que se divulgue información que debe permanecer en reserva hasta etapas posteriores del procedimiento, como la etapa de juzgamiento, en la que sí corresponde la publicidad.
Alcance respecto a periodistas
Rodríguez recordó que uno de los principales cuestionamientos durante el debate previo a la publicación de la norma era si esta alcanzaba a periodistas y medios de comunicación.
Explicó que el decreto legislativo establece expresamente que la publicación de información por parte de periodistas, en ejercicio de la libertad de prensa, no constituye delito.
Según indicó, esta precisión busca evitar cuestionamientos y delimitar claramente que la sanción penal recae únicamente sobre servidores o funcionarios públicos que revelen información reservada en el ejercicio de sus funciones.
Reserva en investigaciones penales y administrativas
El abogado detalló que la reserva es especialmente relevante en investigaciones penales, ya que la divulgación prematura de información puede afectar la posibilidad de que el Ministerio Público reúna elementos de convicción suficientes para sustentar una acusación.
Asimismo, sostuvo que en casos de crimen organizado la filtración puede alertar a otros integrantes de una estructura criminal, generando un riesgo para el éxito de los operativos.
También mencionó que en el ámbito administrativo existen procedimientos —como los que se desarrollan en organismos supervisores— cuya publicidad anticipada podría generar perturbaciones en la investigación o riesgos para personas naturales y jurídicas.
Consultado sobre qué ocurre cuando un funcionario desea denunciar irregularidades dentro de su institución, Rodríguez indicó que todas las entidades del Estado cuentan con órganos de control interno y que, además, existe la Contraloría General de la República como instancia centralizada.
Señaló que remitir información a estos órganos de control no constituiría incumplimiento del tipo penal, ya que forman parte del sistema institucional de supervisión.
Cuestionamientos sobre la proporcionalidad de la pena
El penalista expresó reparos respecto a la severidad de la sanción prevista, que va de cinco a diez años de prisión. Indicó que, en algunos casos, un delito como el homicidio imprudente podría recibir una pena menor que la establecida para la revelación de información reservada, lo que plantea un debate sobre la proporcionalidad.
Sostuvo que el derecho penal debe ser el último recurso y que la pena no tiene un efecto preventivo demostrado científicamente.
Rodríguez señaló que, a su criterio, el primer ámbito sancionador debió ser el administrativo. Consideró que un funcionario que revele información reservada podría ser objeto de un procedimiento administrativo sancionador que incluso derive en su separación de la institución.
Relación con la lucha contra la criminalidad
Rodríguez sostuvo que la norma puede tener un impacto en la protección de investigaciones relacionadas con la criminalidad organizada, especialmente cuando la filtración anticipada afecta operativos policiales o fiscales.
No obstante, afirmó que no considera que la medida represente un “gran paso” en la lucha contra la criminalidad, sino un elemento puntual dentro de un conjunto más amplio de políticas.
Déficit en el sistema de justicia
El abogado también abordó el contexto del sistema de justicia, señalando que existen déficits significativos de fiscales, jueces y policías investigadores. Indicó que el déficit actual de fiscales obligaría a multiplicar por cinco el número existente, y el de jueces por tres, lo que impacta en la lentitud de los procesos.
En ese sentido, señaló que el fortalecimiento institucional no solo pasa por nuevas tipificaciones penales, sino también por mejoras estructurales en la administración pública.