Juzgado absuelve a Manuel Lozada por caso golpe de Estado
La decisión también alcanza para el comandante Justo Jesús Venero Mellado y al teniente Eder Antonio Infanzón Chávez
La Sala Penal Especial de la Corte Suprema resolvió absolver al general en retiro Manuel Lozada Morales, acusado de coautoría en el delito de rebelión en el marco del golpe de Estado del 7 de diciembre de 2022.
La decisión fue adoptada tras considerar que no existen pruebas que acrediten su participación directa en el acuerdo ilegal promovido por Pedro Castillo y su entorno cercano.
Lozada, quien se desempeñaba como jefe de la VII Región Policial Lima, fue señalado por haber ordenado el despliegue de más de 400 agentes de la Unidad de Servicios Especiales (USE) para cercar el Congreso, impedir el ingreso de congresistas y resguardar domicilios vinculados al entorno presidencial.
Sin embargo, el juzgado determinó que los elementos probatorios presentados no permiten sostener una responsabilidad penal.
Tribunal descarta coordinación operativa para disolver el Congreso
El tribunal señaló que, si bien Lozada estuvo en comunicación con el entonces ministro del Interior, Willy Huerta, antes y después del mensaje presidencial del 7 de diciembre, no se acreditó que esas coordinaciones tuvieran como fin concreto impedir el funcionamiento del Congreso o ejecutar un alzamiento en armas.
Entre las pruebas valoradas se encuentra una solicitud de Huerta a Lozada para retirar las rejas de acceso a la Plaza Mayor con el fin de facilitar el ingreso de simpatizantes de Castillo. Esta orden fue rechazada por Lozada al considerar que vulneraba el plan operativo vigente para ese día. Tal negativa fue clave para descartar su colaboración en los hechos imputados.
Ejecución del plan “Toma de Lima” fue considerada regular
El juzgado tomó en cuenta que el 7 de diciembre de 2022 estaba en ejecución el Plan de Operaciones “Toma de Lima 258-2022”, dirigido al resguardo del orden público. Este operativo fue considerado parte de las funciones regulares de la Policía Nacional, sin desvío de su objetivo institucional.
Además, se estableció que la comunicación con los oficiales Justo Venero y Eder Infanzón —también procesados— no fue suficiente para probar una orden directa desde Lozada para impedir el acceso de congresistas o civiles al Congreso. La falta de elementos adicionales generó dudas razonables, favoreciendo su absolución.
Juzgado sí vincula a Aníbal Torres con el acuerdo golpista
En contraste, el tribunal concluyó que Aníbal Torres, exjefe del Gabinete de Asesores, formó parte del acuerdo delictivo liderado por Pedro Castillo. Se verificó que, tras la emisión del mensaje a la Nación, ambos se abrazaron en señal de aprobación, lo cual —según el fallo— refuerza su implicancia en la preparación y ejecución de las medidas anunciadas.
Torres fue considerado partícipe activo en la resolución de disolver el Congreso e instaurar un estado de excepción al margen de la Constitución, junto a Castillo, Betssy Chávez, Willy Huerta y otros altos funcionarios.