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Ley de Partidos Políticos: ¿modificaciones afectan las elecciones?

El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Aldo Vásquez, aseguró que el hecho que el Ejecutivo se demorara tres semanas en promulgar esta ley sería irrelevante.

Las modificaciones a la Ley de Partidos Políticos rigen un día después de su publicación, según lo establece el artículo 109 de la Constitución, expresó el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Aldo Vásquez Ríos durante una entrevista para La Hora N

"Respecto a la interpretación de la norma ante casos concretos, lo que hemos agregado es que el Jurado Nacional de Elecciones tiene en virtud el artículo 189 de la Constitución amplias potestades para poder dirimir en los eventuales conflictos legales que pudieran producirse", puntualizó. 

Una diferencia con la antigua ley de partidos es que antes los políticos tenían un plazo de seis meses para renunciar a su organización y así poder postular a otra; sin embargo, eso ha cambiado, ya que ahora el tiempo es de un año. 

En ese sentido, habría dos o tres casos que no podrían postular ya que no renunciaron hace 12 meses. ¿Qué se haría en esas situaciones? Vásquez aseguró que la decisión caía en el JNE.

"El doctor Francisco Távara – presidente del JNE – ha señalado que esta no es una situación de crisis y es importante decirle a la ciudadanía que esta no es una norma del Poder Ejecutivo, sino del Congreso de la República", explicó.

Como se recuerda, esta ley había sido aprobada y sin embargo; el Ejecutivo se demoró tres semanas en publicarla y recién lo hizo el 17 de enero, aunque Vásquez asegura que este dato es irrelevante porque "esta norma tiene vigencia luego de la convocatoria del proceso electoral" que termina el 10 de febrero.

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