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Ley Universitaria no puede ser invalidada ni ANR restituida en primera instancia

Constitucionalista recomienda realizar cambios en el Código Procesal Constitucional.
La ANR no podría ser repuesta, afirma constitucionalista. Foto: Andina

Esta semana un fallo del juzgado civil de Ica declaró inconstitucional dicha ley y señaló que la Asamblea Nacional de Rectores debía ser reactivada. Sin embargo el constitucionalista Gustavo Gutiérrez - Ticse, en declaraciones a la Agencia Andina, explicó que "Normas como la Ley Universitaria, no pueden ser invalidadas por un juez de primera instancia"

[LEA: Juez de Ica declara inconstitucional la Ley Universitaria y ordena reponer la ANR]

El constitucionalista precisó que se debe modificar el Código Procesal Constitucional para evitar decisiones judiciales, como en el referido caso en el que un juez estableció que la creación de la Superintendencia de Educación (Sunedu), contemplada en la Ley Universitaria, es inconstitucional.

Gutiérrez Ticse explicó que en un despacho judicial no se puede cuestionar la validez de una ley que ha requerido altos consensos en el Poder Legislativo, y que la sentencia requiere una respuesta inmediata del Congreso. El constitucionalista considera que el Legislativo debe aprobar un conjunto de reformas al Código Procesal Constitucional

 

Dichas modificaciones deberían otorgar competencia en las demandas contra leyes y resoluciones judiciales a las salas superiores. “Así la Corte Suprema podría pronunciarse en segunda instancia. Ahora no hay posibilidad de acceder a la Corte, pues se recurre a acciones de amparo y estas concluyen en las instancias inferiores”, explicó.

Añadió que se deben suspender los amparos cuando haya una demanda de inconstitucionalidad en trámite, y así impedir la proliferación de decisiones judiciales que ponen en riesgo la seguridad jurídica.

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