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Luis Roel: Pedido de gracia presidencial para Pedro Castillo no cumple los requisitos legales

El excongresista y constitucionalista afirmó que el informe del grupo de trabajo de la ONU no es vinculante y advirtió que una eventual concesión de la gracia presidencial podría generar responsabilidades constitucionales

Luis Roel sostuvo que el pedido de gracia presidencial presentado a favor del expresidente Pedro Castillo no reúne las condiciones establecidas por la legislación peruana./ Video: Canal N

El excongresista y abogado constitucionalista Luis Roel sostuvo que el pedido de gracia presidencial presentado a favor del expresidente Pedro Castillo no reúne las condiciones establecidas por la legislación peruana y consideró que su eventual aprobación podría derivar en acciones legales contra las autoridades que la autoricen.

En entrevista con Canal N, Roel explicó que, en el caso de Castillo, el proceso penal aún no ha concluido, ya que existe un recurso de apelación pendiente, lo que impide cumplir los requisitos previstos para acceder a un indulto o a una gracia presidencial.

"El proceso judicial todavía está en trámite y no se cumplen las condiciones legales para otorgar ni un indulto ni una gracia presidencial", señaló.

Informe de la ONU no obliga al Estado peruano

El constitucionalista también se refirió al informe emitido por el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de las Naciones Unidas, documento invocado por la defensa del expresidente y por diversos sectores políticos para solicitar su liberación.

Precisó que dicho informe constituye únicamente una opinión técnica y no una resolución de cumplimiento obligatorio para el Estado peruano.

"No se trata de un órgano jurisdiccional como la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es una opinión de un grupo de trabajo y, por tanto, no tiene carácter vinculante", indicó.

Asimismo, cuestionó que el documento no haya considerado diversos pronunciamientos emitidos por las autoridades judiciales y constitucionales del Perú sobre el intento de golpe de Estado del 7 de diciembre de 2022.

Gracia presidencial requiere requisitos específicos

Roel recordó que la Constitución reconoce al presidente de la República la facultad de conceder indultos y gracias presidenciales, aunque advirtió que esa atribución es discrecional, mas no arbitraria.

Explicó que toda decisión debe ajustarse a los procedimientos y requisitos previstos por la normativa vigente. En el caso de una gracia presidencial por razones humanitarias, señaló que la ley exige acreditar enfermedades terminales, degenerativas o de extrema gravedad, condiciones que, según indicó, no se presentan en el caso de Pedro Castillo.

"La discrecionalidad presidencial no significa que pueda actuarse al margen de la ley. Debe respetarse el debido procedimiento", afirmó.

El excongresista sostuvo que una eventual concesión de la gracia presidencial sin sustento legal podría ser cuestionada posteriormente por la vía judicial o constitucional.

Añadió que tanto el presidente de la República como el ministro de Justicia que refrende una resolución de ese tipo podrían ser objeto de denuncias por presunta infracción constitucional y por delitos vinculados al ejercicio de la función pública.

"Si no se cumplen los requisitos legales, esa decisión puede ser anulada y las autoridades que la adopten podrían asumir responsabilidades constitucionales", concluyó.

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