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Martín Belaúnde Lossio: Amparo a favor del empresario no fue revocado

Abogado Jorge Valda desmintió que la justicia boliviana haya dejado sin efecto la acción de amparo favor del exasesor del presidente Humala  

Jorge Valda, abogado de Martín Belaúnde Lossio, anunció que la Primera Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz no ha revocado la acción de amparo a favor del empresario peruano.

Indicó que dicha sala emitió una resolución que complementa su fallo, y determina que se "deja en suspenso el cumplimiento del amparo hasta que el Tribunal Constitucional Plurinacional se pronuncie ratificando o revocando el amparo a favor de Belaúnde".

Esto quiere decir que el exasesor electoral del presidente Ollanta Humala permanece bajo la protección de la Comisión Nacional del Refugiado (Conare), y no puede ser expulsado o extraditado de Bolivia hasta que el Tribunal Constitucional Plurinacional confirme o revoque la acción de amparo.

"(…) En caso de que confirme la Conare tendrá que dictar nuevamente una resolución otorgándole o denegando la tutela solicitada", indicó Valda

Asimismo dijo que Martín Belaúnde Lossio se encuentra bajo la protección de la Conare en calidad de solicitante de refugio.

Cuadernillo de extradición: "Se ha cometido una  gravísima falsedad"

Además, Valda reveló que en el cuadernillo de extradición presentado por las autoridades peruanas en Bolivia se "ha cometido una  gravísima falsedad".

En ese sentido dijo que el documento en cuestión ha citado "como norma boliviana la ley de lucha contra la corrupción en la que se hace una transcripción supuestamente de la Ley Marcelo Quiroga de Santa Cruz".

Cabe mencionar que esta norma esta relacionada a todo delito de corrupción en Bolivia y modifica el código penal de dicho país.

El error de las autoridades peruanas, según el abogado de Martín Belaúnde, estaría en haber citado "como argumento escencial para dar curso a la extradición un contenido falso de la Ley Marcelo Quiroga de Santa Cruz, un contenido que no está previsto en la norma vigente, señalando de que se podría juzgar a particulares para delitos de peculado" cuando en realidad esta figura no está contemplada en la mencionada norma.

Asimismo, Valda indicó que este hecho representa un delito de falsedad ideológica al haber ingresado como parte del texto normativo de la ley boliviana, un texto normativo inexistente. 

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