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Martín Vizcarra seguirá en prisión: PJ rechazó hábeas corpus

El fallo judicial confirmó que el expresidente permanecerá recluido en Barbadillo por el caso Lomas de Ilo.

Captura y video: Canal N

El procesado expresidente Martín Vizcarra Cornejo continuará privado de su libertad tras el pronunciamiento emitido por la Primera Sala Constitucional de Lima.

La resolución judicial ratificó la improcedencia del recurso interpuesto a favor del exmandatario, ordenando que permanezca recluido en el Establecimiento Penitenciario de Barbadillo.

La decisión judicial desestimó la demanda de hábeas corpus que pretendía suspender la ejecución provisional de la condena de 14 años impuesta por el delito de cohecho pasivo propio.

Captura: Canal N

Según la resolución, la medida coercitiva se mantendrá vigente mientras la judicatura resuelve el recurso de apelación presentado por la defensa técnica contra la sentencia impuesta.

Fundamentos jurídicos de la improcedencia del recurso constitucional

La Primera Sala Constitucional de Lima es el órgano del Poder Judicial encargado de velar por la tutela de los derechos fundamentales en la jurisdicción capitalina.

El tribunal determinó por mayoría que el recurso promovido por el ciudadano Mario Chávez no cumplió con el requisito procesal de firmeza exigido por el ordenamiento legal.

El fallo de la sala revocó la resolución dictada el 1 de abril de 2026 por la jueza constitucional Rocío Rabines, la cual había anulado un pronunciamiento de la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional.

De acuerdo con los magistrados Luciano Cueva, David Suárez e Iván Cabrera, la demanda de hábeas corpus se presentó cuando aún existían vías ordinarias pendientes de resolución.

Los jueces superiores precisaron que el recurso constitucional carecía de procedencia formal al momento de su presentación en diciembre de 2025. No obstante, el colegiado señaló que la defensa técnica queda habilitada para interponer una nueva acción al haberse emitido un pronunciamiento definitivo en la vía penal.

Antecedentes judiciales de la condena por cohecho pasivo propio

El juzgamiento contra el exjefe de Estado corresponde a los hechos atribuidos durante su gestión como presidente regional de Moquegua.

El Cuarto Juzgado Penal Colegiado Nacional es la instancia judicial especializada que acreditó la recepción de pagos ilícitos por un total de 2,3 millones de soles provenientes de dos consorcios empresariales.

La sentencia condenatoria dictada el 26 de noviembre de 2025 estableció que los desembolsos irregulares se efectuaron a cambio de la adjudicación del proyecto de irrigación Lomas de Ilo y la construcción del Hospital Regional de Moquegua. La magistratura fijó una sanción de 14 años de pena privativa de la libertad efectiva contra el exmandatario.

El internamiento del procesado en el Establecimiento Penitenciario de Barbadillo se dispuso en ejecución provisional del fallo.

La defensa técnica mantiene la impugnación de la sentencia condenatoria buscando la nulidad de lo resuelto por el colegiado de primera instancia.

Programación de la audiencia de apelación en la sala penal

La Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional fijó el cronograma para la evaluación del recurso de apelación presentado por la defensa del procesado. Según la notificación oficial de la judicatura, la audiencia virtual se desarrollará el jueves 20 de agosto de 2026 a las 11:00 a. m.

La sesión judicial revisará los argumentos expuestos por la representación legal de Martín Vizcarra Cornejo para revocar la condena de 14 años de prisión. El colegiado superior escuchará de igual manera la fundamentación de la fiscalía especializada en delitos de corrupción de funcionarios.

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