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MEF incrementa en S/100 las pensiones de jubilados de ley 19990

El Ejecutivo oficializó el reajuste de 100 soles para los pensionistas de la ley 19990 con al menos 20 años de aportes al Sistema Nacional de Pensiones

MEF incrementa en 100 soles las pensiones de los jubilados de la ley 19990. Foto y video: Canal N

El Ministerio de Economía y Finanzas aprobó un incremento de cien soles para los pensionistas de la ley 19990 que perciben montos inferiores a los mil soles mensuales. Esta medida, oficializada mediante el Decreto Supremo N° 330-2025-EF, busca fortalecer el poder adquisitivo de los jubilados del Sistema Nacional de Pensiones a partir del próximo año.

El Poder Ejecutivo determina el alcance del reajuste en el Sistema Nacional de Pensiones

 

El dispositivo legal publicado hoy en el diario oficial El Peruano señala que el beneficio comprende a los jubilados con derecho a pensión definitiva al 31 de diciembre del 2025. Según se indica, los beneficiarios directos son aquellos afiliados a la Oficina de Normalización Previsional que acrediten un periodo mínimo de aportaciones de veinte años. La norma técnica especifica que este incremento se aplica tanto a las pensiones de jubilación como a las de invalidez dentro del régimen mencionado.

Asimismo, el decreto precisa las condiciones para aquellos que ya recibieron beneficios previos bajo la Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano. En estos casos, el reajuste actual cubrirá únicamente el diferencial necesario para alcanzar el monto total de cien soles adicionales. Las autoridades económicas manifestaron que esta medida busca armonizar los beneficios otorgados por las diversas leyes previsionales vigentes en el país.

El marco normativo establece que la pensión mínima de jubilación e invalidez para este sector queda fijada en seiscientos soles. Esta actualización responde a los criterios de suficiencia establecidos en la política nacional de protección social para los adultos mayores. Con esta disposición, el Ministerio de Economía y Finanzas busca estandarizar los niveles básicos de ingreso para los contribuyentes del sistema público.

La normativa técnica fija cronogramas y nuevos límites para las pensiones de la ONP

 

En cuanto a la aplicación temporal de la medida, el incremento entrará en vigencia con el pago correspondiente a enero del 2026. Las fuentes oficiales indicaron que, de existir algún retraso administrativo, el reintegro respectivo será abonado de manera automática en la planilla de febrero del mismo año. La Oficina de Normalización Previsional deberá adecuar sus sistemas informáticos para garantizar la correcta distribución de los fondos de manera oportuna.

La disposición técnica también establece un nuevo tope máximo para las pensiones que otorga el organismo estatal. Según indica el documento, los montos reajustados no podrán exceder la suma de mil soles mensuales, que constituye el nuevo límite máximo de abono para este régimen. Esta medida asegura la sostenibilidad financiera del sistema de pensiones a largo plazo bajo los parámetros del presupuesto público asignado.

Finalmente, se ha otorgado a la entidad previsional la facultad de realizar el redondeo de las cifras finales al entero inmediato superior. Esta medida administrativa se aplicará en todos los casos donde el cálculo de la pensión contenga céntimos sobrantes tras la aplicación del aumento. El objetivo de este procedimiento es facilitar la gestión operativa de los pagos en las agencias bancarias y sistemas de transferencia electrónica para los asegurados.

El aumento de cien soles beneficiará a los jubilados con pensiones menores a mil soles, estableciendo una pensión mínima de seiscientos soles que regirá desde enero del 2026. La Oficina de Normalización Previsional ejecutará el proceso bajo la supervisión del Ministerio de Economía y Finanzas.

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