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Ministro del Interior: Consiguen firmas para interpelarlo

La congresista Susel Paredes informó que se consiguieron las firmas necesarias para interpelar al ministro del Interior, Juan José Santiváñez. Se le cuestionar por su "falta de liderazgo contra la inseguridad ciudadana"

Foto y video: Canal N

A través de una publicación en su cuenta de X, la parlamentaria Susel Paredes anunció que se consiguieron las 33 firmas para que se tramite la moción de interpelación contra el titular del Ministerio del Interior, Juan José Santiváñez.

"Hemos conseguido las firmas necesarias para interpelar al Ministro del Interior, Juan José Santiváñez. Exigimos respuestas, señor Ministro. ¡Esto es lo que todos los peruanos demandamos!", escribió la legisladora.

En el documento se detalló que la moción de interpelación se dio por cuestionamientos al desempeño del ministro Juan José Santiváñez y "su falta de liderazgo contra la inseguridad ciudadana".

Entre los firmantes aparecen los nombres de otros congresistas como Carlos Anderson, Guillermo Bermejo, Ruth Luque, Roberto Sánchez, Sigrid Bazán, Víctor Cutipa, Alfredo Pariona, Héctor Acuña, Margot Palacios, entre otros.

Asimismo, se conoció que en el pliego interpelatorio de 10 preguntas, Santiváñez deberá responder sobre las medidas concretas que implementó desde el inicio de su gestión para reducir los índices de criminalidad, especialmente, en casos de extorsión, sicariato y homicidios agravados.

También se le consultará sobre los mecanismos de evaluación y control que son aplicados para medir la efectividad de las estrategias implementadas para fortalecer la seguridad ciudadana.

¿CÓMO PROCEDE LA MOCIÓN DE INTERPELACIÓN EN EL CONGRESO?

Para la admisión de la moción de interpelación se requiere el voto de por lo menos el tercio de Congresistas hábiles. La votación se efectúa indefectiblemente en la siguiente sesión a aquella en que se dio cuenta de la moción.

El Pleno del Congreso acuerda día y hora para que los Ministros contesten la interpelación, lo que les será comunicado con anticipación, acompañando el pliego respectivo.

La interpelación no puede realizarse, en ningún caso, antes del tercer día siguiente a la votación ni después del décimo. Si fuera necesario se cita, para este efecto, a una sesión especial.

 Luego de la interpelación, los congresistas pueden decidir si presentan o no una moción de censura. Para eso, el documento debe presentar las firmas de 33 parlamentarios.

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