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Ministro Romero se refirió a iniciativa para abatir delincuentes en flagrancia: Tiene que ser analizada con profundidad

El titular del Mininter recordó que ya existe una norma que faculta a los miembros de la Policía Nacional a usar sus armas cuando estén en peligro o lo necesiten

Ministro del Interior se pronunció sobre iniciativa para abatir delincuentes en flagrancia. / Video: Canal N

El ministro del Interior, Vicente Romero, se pronunció sobre el proyecto de ley de la bancada de Renovación Popular que plantea que los policías puedan abatir a delincuentes en flagrancia.  

En declaraciones a la prensa, el titular del Mininter dijo que esta propuesta tiene que ser "analizada con profundidad".  

En tal sentido, Vicente Romero recordó que ya existe una norma que faculta a los miembros de la Policía Nacional a usar sus armas cuando estén en peligro o lo necesiten.  

Proyecto de ley  

El congresista de Renovación Popular, Jorge Montoya, planteó un proyecto de ley que permitirá a los policías abatir a delincuentes que sean sorprendidos en delito flagrante bajo utilización de armas de fuego.   

Esta propuesta pretende modificar el artículo 8, numeral 8.3 del Decreto Legislativo 1186, Ley que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, el mismo que quedará redactado con el texto siguiente:   

-El personal de la Policía Nacional del Perú, excepcionalmente, podrá usar el arma de fuego cuando sea estrictamente necesario, y sólo cuando medidas menos extremas resulten insuficientes o sean inadecuadas, en las siguientes situaciones:   

-En defensa propia o de otras personas en caso de peligro real e inminente de muerte o lesiones graves.   

-Cuando se produzca una situación que implique una seria amenaza para la vida durante la comisión de un delito particularmente grave.   

-Cuando se genere un peligro real e inminente de muerte o lesiones graves como consecuencia de la resistencia ofrecida por la persona que vaya a ser detenida.   

-Cuando la vida de una persona es puesta en riesgo real, inminente y actual por quien se está fugando.   

-Cuando se genere un peligro real o inminente de muerte del personal policial u otra persona, por la acción de quien participa de una reunión tumultuaria violenta.   

-Cuando en un delito flagrante se utilicen armas de fuego u otros elementos de evidente peligrosidad, que pongan en grave riesgo la vida de las personas o de los miembros de la Policía Nacional del Perú, el o los delincuentes podrán ser abatidos en el lugar de los hechos, debiéndose considerar esta acción como un acto de legítima defensa y presunción de legalidad. 

Entrenamiento y preparación para la PNP 

La propuesta también dispone que el entrenamiento, información y capacitación del personal policial estará a cargo del Ministerio del interior y la Dirección General de la Policía Nacional del Perú.     

El objetivo será capacitar al personal en situaciones de ataques violentos, la reducción de delincuentes y la protección de víctimas. 

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