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MTC amplía plazo para uso de casco y chalecos en motociclistas

La fiscalización y las multas por no usar casco certificado o chalecos con placa comenzarán el 18 de octubre, tras la prórroga del MTC.
Foto y video: Canal N

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) amplió de sesenta a ciento veinte días el plazo de adecuación para el cumplimiento de la norma que obliga el uso de casco certificado en todo el país y de chalecos reflectantes con número de placa en Lima y Callao. Con esta disposición, la fiscalización y las multas se aplicarán desde el 18 de octubre de 2025, en lugar del 19 de agosto como estaba previsto inicialmente.

La prórroga se oficializó mediante la Resolución Directoral N.° 0018-2025-MTC/18, publicada el 16 de agosto en el diario oficial El Peruano.

Este documento modifica la Resolución Directoral N.° 0012-2025-MTC/18, publicada el 20 de junio, que había fijado en sesenta días el plazo para la entrada en vigencia de las nuevas exigencias. Con el cambio, los motociclistas cuentan con un periodo adicional para cumplir con las disposiciones.

MTC obligó en abril usar casco y chaleco con placa en Lima - Fuente: Canal N

Ampliación del plazo para la entrada en vigencia

La Resolución Directoral N.° 0018-2025-MTC/18 establece que la obligación del uso de casco homologado y de chaleco reflectante con número de placa entrará en vigencia ciento veinte días después de la publicación de la norma original. El nuevo plazo concluye el 17 de octubre y a partir del día siguiente comenzará la fiscalización a nivel nacional.

El objetivo de la ampliación, según detalla el documento, es brindar un mayor margen de adaptación tanto a los conductores como a los comerciantes de implementos de seguridad.

Con este tiempo adicional se busca garantizar que los usuarios tengan acceso a cascos y chalecos que cumplan con las especificaciones técnicas requeridas y que la oferta comercial se ajuste a la demanda de productos certificados.

Fuente: El Peruano

Sustento normativo de la disposición

La medida se apoya en la Ley N.° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, que establece la obligación del Estado de velar por la seguridad vial y la salud de los usuarios. También se sustenta en el Decreto Legislativo N.° 1216, que regula la seguridad ciudadana en materia de tránsito y transporte.

En su artículo 5, dicho decreto dispone que los conductores y acompañantes de motocicletas deben usar cascos de seguridad conforme a especificaciones técnicas y chalecos distintivos con el número de placa impreso.

El MTC, a través de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, tiene la responsabilidad de aprobar las normas técnicas que desarrollan estos lineamientos.

En este caso, la Dirección de Seguridad Vial presentó el informe que sustentó la ampliación del plazo, con la conformidad de la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial.

Antecedentes de las resoluciones directorales

Antes de esta última modificación, el MTC había emitido la Resolución Directoral N.° 008-2025-MTC/18, publicada el 21 de abril de 2025, que aprobaba especificaciones técnicas para cascos y chalecos. Esa disposición fue derogada posteriormente por la Resolución Directoral N.° 0012-2025-MTC/18, publicada el 20 de junio del mismo año, que estableció nuevas especificaciones técnicas y dispuso su entrada en vigencia a los sesenta días.

La Resolución Directoral N.° 0018-2025-MTC/18 modifica precisamente esa disposición, ampliando el plazo de adecuación a ciento veinte días calendario. Esta norma mantiene la vigencia de las obligaciones, pero posterga la aplicación de las sanciones para facilitar su cumplimiento.

Características exigidas para los cascos

Los cascos que deben usar los motociclistas en el Perú deben cumplir con estándares internacionales de seguridad. Entre las certificaciones reconocidas están la ECE R22 de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa, la FMVSS 218 de Estados Unidos, la UNIT 650 de Uruguay, la INEN 2669 de Ecuador, la NTP 399.032 en el Perú, la Snell M2025R/M2025D, la JIS T 8133:15 de Japón, entre otras.

Además, los cascos deben tener una coraza exterior dura, contar con una almohadilla protectora que absorba impactos, incluir un sistema de retención que asegure la sujeción y disponer de un visor en buen estado que permanezca cerrado durante la conducción.

También se exige que sean de la talla adecuada y que las correas de seguridad estén debidamente abrochadas. El MTC señala que la vida útil de los cascos de policarbonato es de cinco años, mientras que los fabricados en fibra de vidrio o materiales compuestos pueden utilizarse entre ocho y diez años.

Exigencias para los chalecos reflectantes

En el caso de los chalecos, la obligación se aplica únicamente en Lima y Callao. Estas prendas deberán estar fabricadas con material retrorreflectante para asegurar visibilidad tanto de día como de noche. Además, deben incorporar bandas reflectivas horizontales y verticales con un ancho mínimo de cinco centímetros.

Cada chaleco debe llevar impreso en la parte posterior el número de matrícula de la Placa Única Nacional de Rodaje de la motocicleta. Este requisito busca facilitar la identificación de conductores y pasajeros durante la circulación y en eventuales intervenciones de la autoridad.

Inicio de fiscalización y sanciones en octubre

Con la ampliación del plazo, las multas por incumplimiento se aplicarán a partir del 18 de octubre de 2025. Desde esa fecha, la Policía Nacional del Perú y los fiscalizadores del MTC verificarán que los motociclistas circulen con casco homologado y, en Lima y Callao, con chaleco distintivo.

El MTC precisó que esta medida no altera la obligatoriedad de los elementos de seguridad, sino que otorga más tiempo para su implementación práctica. La fiscalización, una vez iniciada, será de carácter nacional y aplicará las sanciones correspondientes previstas en el Reglamento Nacional de Tránsito.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones amplió el plazo para que los motociclistas cumplan con el uso obligatorio de casco certificado y chalecos reflectantes con número de placa. La medida extiende de sesenta a ciento veinte días el periodo de adecuación y establece que las sanciones se aplicarán a partir del 18 de octubre de 2025 en todo el país.

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