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MTC: Conoce cómo fraccionar o aplazar las multas de Sutran que están pendientes de pago

Este beneficio pretende facilitar el pago de multas y evitar sanciones administrativas a los administrados mediante la división del monto de su multa en cuotas

El trámite es gratuito, virtual y habilitado durante todo el año.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), por medio de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran), ha puesto a disposición de los conductores el beneficio de fraccionamiento y aplazamiento de deudas por infracciones pendientes de pago. 

Este beneficio pretende facilitar el pago de multas y evitar sanciones administrativas a los administrados mediante la división del monto de su multa en cuotas, según la evaluación de la SUTRAN.

El trámite es gratuito, virtual y habilitado durante todo el año. Para ello, los interesados deberán contar con una casilla electrónica del MTC y acceder con su número de DNI, RUC o carnet de extranjería a la siguiente dirección electrónica, donde deberán completar los datos solicitados: https://webexterno.sutran.gob.pe/WebExterno/Pages/Fraccionamiento/SolFraccionamiento.aspx

Tras aprobarse el fraccionamiento, el usuario deberá abonar la cuota inicial en el plazo de tres días hábiles, después de remitirse la notificación en la casilla virtual del MTC.

Sobre el particular, se puede solicitar el fraccionamiento de más de una papeleta pendiente de pago. Las infracciones que se encuentren en procedimiento de cobranza coactiva también pueden acceder a este beneficio. 

Además, si el administrado opte en solicitar el aplazamiento de su deuda pendiente, se otorgará por un mes, debiendo cancelar la multa en el plazo establecido. 

Restricciones  

Cabe precisar que, las infracciones que cuentan con medida cautelar en forma de retención bancaria efectiva sobre las cuentas de los administrados no podrán acceder al beneficio del fraccionamiento. 

No proceden las multas que tienen recurso de impugnación en trámite (en caso de impugnación judicial, el administrado debe acreditar el desistimiento de la medida) y las multas que han sido materia de fraccionamiento o aplazamiento anterior. 

Finalmente, el MTC advierte que el administrado no puede optar por los beneficios de fraccionamiento y/o aplazamiento referente a una misma multa, ni en forma simultánea, ni posterior. 

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