MTC explica las infracciones sin descuento del 90 %
El sector excluyó casos de ebriedad, exceso de velocidad, falta de SOAT y agresiones a inspectores o policías.
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) precisó el alcance normativo del descuento del 90 % en multas para conductores, detallando el listado de infracciones que no podrán acogerse a este beneficio económico.
La medida busca diferenciar las faltas administrativas menores de aquellas conductas temerarias que atentan de forma directa contra la seguridad vial.
El director de Políticas del MTC, Arturo Ruíz, aclaró que la reducción tarifaria no aplicará bajo ninguna circunstancia a los conductores que hayan incurrido en faltas gravísimas como manejar en estado de ebriedad, participar en siniestros viales o agredir a miembros de la Policía Nacional e inspectores de transporte.
La disposición técnica delimita los supuestos sancionadores mientras se evalúa una reestructuración de la tabla de infracciones.
Las infracciones graves excluidas del beneficio del 90 %
La autoridad del sector Transportes enumeró las causales que quedan totalmente impedidas de acceder a la rebaja: «Por ejemplo, conducir en estado de ebriedad, participar en un accidente, no contar con SOAT, no contar con licencia, no contar con certificado técnico».
Asimismo, la exclusión alcanza a quienes presten servicios de transporte informal y a los conductores que hayan superado los límites de velocidad permitidos.
El funcionario remarcó que las faltas que comprometen la vida humana y la legalidad del servicio de transporte mantendrán el cobro íntegro de las sanciones pecuniarias.
agregó que los sistemas informáticos de cobro bloquearán automáticamente la aplicación de descuentos a las actas levantadas por estas causales.
Las faltas de tránsito que sí accederán a la reducción de multas
El MTC detalló que el régimen de rebaja estará habilitado exclusivamente para faltas operativas y de circulación urbana que no hayan generado daños personales.
Entre las infracciones comprendidas figuran cruzar con luz roja, estacionar sobre líneas continuas amarillas, invadir el paso peatonal o no acatar disposiciones complementarias de tránsito.
Ruíz especificó las conductas que podrán regularizarse bajo este esquema extraordinario: «Inobservar una regla de tránsito, pisar el cruce peatonal, ponerse donde existe una línea amarilla».
La entidad enfatizó que este mecanismo pretende incentivar la subsanación voluntaria de obligaciones pendientes en el sistema de transporte.
Los plazos de vigencia y el nuevo esquema sancionador del MTC
La cartera de Transportes informó que el descuento del 90 % tendrá una vigencia temporal de 90 días para infracciones al Reglamento Nacional de Tránsito y de 180 días para las sanciones aplicadas al transporte público y privado.
Durante este periodo de gracia, los equipos técnicos del ministerio elaborarán una nueva escala de multas proporcionada a la realidad económica nacional.
El director de Políticas del MTC puntualizó el enfoque preventivo que orienta la modificación del marco regulatorio: «El esquema que venimos preparando es un esquema razonable... Recordemos que el monto debe estar asociado a disuadir la conducta infractora, no con un fin recaudador».
La institución remarcó la necesidad de contar con el compromiso de los transportistas para consolidar un cambio efectivo en la cultura vial.