Nicanor Boluarte: PJ rechaza apelación a allanamientos
El Poder Judicial declaró infundado el recurso de apelación presentado por Nicanor Boluarte contra las medidas de allanamiento e incautación dictadas en su contra en el marco del caso Ícaro. La decisión fue adoptada por la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional mediante la Resolución N.º 6, que confirma la legalidad de las medidas autorizadas por el Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria.
La resolución, de fecha 24 de noviembre de 2025, valida las acciones coercitivas aprobadas inicialmente, como el allanamiento con descerraje, incautación de bienes y levantamiento de secretos bancario, tributario, bursátil y de las comunicaciones. Estas medidas, según indica el documento judicial al que Canal N tuvo acceso, se dictaron en el contexto de una investigación por presunta organización criminal en agravio del Estado.
Fundamentos que respaldaron la decisión judicial
La Sala concluyó que existen suficientes elementos de convicción para mantener las medidas restrictivas, tanto en el caso del hermano de la expresidenta Dina Boluarte como en el de la también apelante Yessenia De La Cruz. Según el tribunal, la resolución original cumplió con los principios de motivación, proporcionalidad, idoneidad y necesidad exigidos en esta etapa del proceso penal.
El tribunal también sostuvo que, a pesar de que Boluarte no es formalmente imputado en esta carpeta fiscal, su condición de “tercero vinculado” no impide la adopción de medidas judiciales si existen indicios razonables de conexión funcional con los hechos investigados.
Presunta simulación de arraigo laboral
Según el Ministerio Público, Nicanor Boluarte habría sido favorecido con un arraigo laboral ficticio gestionado por el exministro del Interior, Juan José Santiváñez, con el objetivo de evitar una eventual prisión preventiva. El arraigo se habría basado en un supuesto contrato con la empresa Minas El Dorado S.A.
La Fiscalía sostiene que, para simular dicho vínculo laboral, Boluarte asistió en al menos siete ocasiones al estudio jurídico “Tenorio Abogados & Asociados” entre enero y febrero de 2025, utilizando una oficina con lunas polarizadas. Las visitas fueron documentadas y forman parte del conjunto de pruebas que sustentaron las medidas judiciales.
Relación con red criminal y carpeta conexa
El fallo también toma en cuenta que Boluarte es investigado como presunto cabecilla de una organización criminal en una carpeta fiscal conexa. La red dirigida por Santiváñez habría actuado como un “brazo de protección” para brindar cobertura y facilitar acciones de encubrimiento.
Según la Sala, la conexión entre ambos casos justifica la inclusión de medidas limitativas contra Boluarte, ya que su vinculación funcional está respaldada por testimonios, registros de ingreso, grabaciones de video y otros documentos relevantes.
Rechazo a argumentos de la defensa
La defensa de Nicanor Boluarte alegó que la medida se sustentó en pruebas insuficientes, como declaraciones no corroboradas y registros posteriores a los hechos investigados. También cuestionó la proporcionalidad del allanamiento y el levantamiento de secretos.
Sin embargo, la Sala concluyó que las medidas estaban debidamente motivadas y que los elementos de convicción presentados cumplían con el estándar exigido para la etapa preliminar, que no requiere prueba plena, sino sospecha razonable sustentada.
Caso Ícaro y medidas vigentes
El caso Ícaro investiga una presunta organización criminal denominada “Los Waykis en la Sombra”, en la que Nicanor Boluarte estaría involucrado. La red es señalada por captar afiliados políticos a cambio de nombramientos públicos y realizar coordinaciones para influir en cargos estatales.
La Sala confirmó en todos sus extremos la Resolución N.º 03, manteniendo vigentes las medidas de allanamiento, incautación y levantamiento de secretos contra Nicanor Boluarte y Yessenia De La Cruz Rivas, quienes permanecerán bajo el alcance de estas disposiciones mientras se desarrollan las investigaciones.
La Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional declaró infundado el recurso de apelación de Nicanor Boluarte Zegarra, ratificando el allanamiento y otras medidas coercitivas dictadas en el caso Ícaro. La Sala concluyó que existen suficientes elementos de convicción para justificar las intervenciones, a pesar de que Boluarte no es imputado formal en esta etapa. El Ministerio Público sostiene que el investigado habría simulado un arraigo laboral con ayuda del exministro Juan José Santiváñez. Las diligencias se enmarcan en una investigación por presunta organización criminal, y las medidas de incautación y levantamiento de secretos siguen vigentes.