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Otorgarán bono de S/ 600 para trabajadores del sector público: ¿Cuáles son los requisitos?

Esta asignación excepcional se realizará por única vez en el Año Fiscal 2023. Conoce los requisitos para acceder al bono de S/600 

Bono de S/600: ¿A quiénes va dirigido? Foto: Andina/referencial

El Congreso de la República aprobó un crédito suplementario propuesto por el Gobierno que incluye la entrega de un bono de 600 soles a trabajadores del sector público a nivel nacional el pasado mes de octubre.

Bono de S/600: ¿A quiénes va dirigido?

Este bono va dirigido a los trabajadores bajo los regímenes de los Decretos Legislativos 276, los trabajadores del Decreto 728 y aquellos bajo el régimen CAS (Contratación Administrativa de Servicios).

También serán beneficiados los trabajadores amparados por la Ley 30057 (Ley del Servicio Civil), la Ley 29709 (Régimen de los Trabajadores Penitenciarios) y la Ley 28091 (Miembros del Servicio Diplomático).

Así como trabajadores de los gobiernos regionales, locales y el gobierno nacional.

Bono de S/600: ¿Cuándo se entregará?

Esta asignación excepcional se realizará por única vez en el Año Fiscal 2023. Además, no tiene carácter remunerativo, no está sujeto a cargas sociales y no se considera en cálculos de beneficios laborales, tampoco es de naturaleza pensionable.

Bono de S/600: ¿Cuáles son los requisitos?

En el caso de trabajadores en entidades del gobierno nacional y los gobiernos regionales deben cumplir de manera conjunta lo siguiente:

-Contar con vínculo laboral al 30 de junio del 2023

- Encontrarse registrado en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (Airhsp) del MEF al 30 de junio del 2023

En el caso de gobiernos locales deben cumplir lo siguiente:

-  Contar con vínculo laboral al 30 de junio del 2023

- Encontrarse registrado en la Planilla Electrónica (PDT Plame) en el mes de junio del 2023

Bono de S/600: ¿Quiénes no pueden acceder a este beneficio?

La entidad debe identificar que el servidor no desempeñe cargo de dirección o de confianza y no reúna las siguientes características, las mismas que son excluyentes entre sí:

- Tener mando sobre todo o parte del personal de la organización, esto es, tener la capacidad y la obligación de dirigir un grupo humano, organizando, normando y supervisando el trabajo de sus integrantes.

- Dicho poder debe ser formal, esto es, estructurado, derivar del hecho de ocupar cargos previstos en los instrumentos de gestión de la entidad.

- Ejercer la representación de la organización o ejercer la titularidad de un órgano o una unidad orgánica determinada.

- Tener la capacidad de adoptar decisiones.

Bono para Unidades Ejecutoras de Educación

Finalmente, se autoriza una bonificación extraordinaria de 600 soles en diciembre de 2023 para el personal administrativo de las Unidades Ejecutoras de Educación de los Gobiernos Regionales y Lima Metropolitana sujetos al régimen del Decreto Legislativo Nº 276.

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