Pedro Castillo: al voto apelación de sentencia que rechazó hábeas corpus
La decisión judicial evalúa el informe del organismo internacional y los cuestionamientos procesales expresados en la audiencia virtual de este miércoles.
La Primera Sala en lo Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima dejó al voto la apelación del hábeas corpus presentado a favor de Pedro Castillo para lograr su libertad.
La sesión de vista de la causa se realizó el miércoles 10 de septiembre de 2026 a las 9:00 a .m. mediante la modalidad de audiencia virtual, con la participación del exmandatario desde el Establecimiento Penitenciario de Barbadillo.
De acuerdo con la resolución del órgano judicial, la defensa técnica busca revertir la sentencia de primera instancia dictada en agosto por el Segundo Juzgado Constitucional de Lima.
Dicho tribunal declaró improcedente la demanda de hábeas corpus que intentaba anular la condena por conspiración para la rebelión, la prisión preventiva por organización criminal, la vacancia dictada por el Congreso de la República y el levantamiento del antejuicio político.
Proceso sobre la detención de Pedro Castillo
Durante su intervención en la audiencia, el expresidente sostuvo que la intervención realizada el 7 de diciembre de 2022 resultó arbitraria.
"Y más que arbitraria, yo diría que fue abusiva, porque no respetaron inclusive la presencia de mi menor hija con metralleta en mano, y he tocado diferentes puertas legales, penales, constitucionales, y espero de que esta sala, jueces, no le tiemble la mano porque debe actuar con sentido común", afirmó Pedro Castillo.
El demandante señaló que su permanencia en prisión responde a interpretaciones vertidas por salas judiciales provisionales sobre los hechos previos a su vacancia.
"He sido detenido siendo presidente de la república en funciones, y acá no estoy por lo que pasó el 7 de diciembre, sino que, según una sala de jueces provisionales, estoy por lo que pasó el el el 6 de diciembre. Y el 6 de diciembre no hubo un tema de flagrancia", añadió durante la diligencia.
El recurso planteado por la defensa de Pedro Castillo utiliza como argumento principal el informe emitido por el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de la Organización de las Naciones Unidas.
No obstante, según la resolución del Segundo Juzgado Constitucional de Lima, este pronunciamiento carece de fuerza obligatoria para el Estado peruano y no tiene naturaleza de decisión jurisdiccional vinculante dentro de la jurisdicción nacional.
Alcances de la sentencia de primera instancia
La jueza Ana Osorio Sosa, del Segundo Juzgado Constitucional de Lima, sustentó el rechazo al recurso precisando que la restricción de libertad del exjefe de Estado obedece a una decisión de fondo.
La magistrada indicó que la medida deriva de una sentencia judicial que impuso 11 años y cinco meses de prisión por conspiración para la rebelión, la cual se encuentra actualmente impugnada ante la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema.
Respecto de la nulidad de la vacancia presidencial, la magistrada recordó que el Tribunal Constitucional ratificó la legalidad del procedimiento aplicado por el Poder Legislativo.
Según el máximo intérprete de la Constitución, el expresidente cesó en el cargo al intentar instaurar un gobierno de facto el 7 de diciembre de 2022, situación que justificó omitir el trámite ordinario de antejuicio debido a la emergencia constitucional generada.