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Pedro Castillo: Del indulto a la gracia común

El exmandatario Pedro Castillo presentó una solicitud de gracia común ante el Poder Ejecutivo mientras el presidente José María Balcázar evalúa cambios ministeriales en la cartera de Justicia, de acuerdo con un reportaje difundido por Cuarto Poder
Pedro Castillo: Del indulto a la gracia común. Foto y video: Cuarto Poder

El expresidente Pedro Castillo Terrones presentó una nueva solicitud ante el Poder Ejecutivo para que se le conceda el derecho de gracia común con el objetivo de dejar sin efecto su condena por el golpe de Estado del 7 de diciembre de 2022 y anular la prisión preventiva en su contra por presuntos actos de corrupción. De acuerdo con un reportaje periodístico de Cuarto Poder, esta movida legal coincide con los últimos 16 días del mandato del actual presidente de la República, José María Balcázar Zelada, quien evalúa la aplicación de este beneficio de indulto a Pedro Castillo antes de abandonar el Palacio de Gobierno.

La defensa técnica del exmandatario fundamentó este pedido en un reciente informe de 19 hojas emitido por un grupo de trabajo designado por el Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), el cual califica la privación de la libertad de Castillo como una detención arbitraria y recomienda su inmediata excarcelación. Ante este escenario, fuentes palaciegas indicaron que el mandatario José María Balcázar evalúa realizar cambios ministeriales en el sector Justicia el próximo martes 14 de julio de 2026 debido a la negativa del actual ministro de emitir el refrendo legal obligatorio para validar la gracia presidencial.

El sustento jurídico de la solicitud formulada por Pedro Castillo

 

Pedro Castillo: Del indulto a la gracia común. Foto: Cuarto Poder

El pedido formalizado por el exmandatario Pedro Castillo Terrones ante la Comisión de Gracias Presidenciales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos no invoca razones de salud ni solicita un indulto humanitario. De acuerdo con el documento oficial de la solicitud, el petitorio se ampara en el artículo 118, inciso 21 de la Constitución Política del Perú para requerir la concesión del derecho de gracia común. El argumento central de la defensa técnica alega una supuesta interpretación constitucional, evolutiva y pro persona de la expresión "etapa de instrucción" aplicable a su proceso penal.

La defensa de Pedro Castillo argumenta que la privación de su libertad comenzó el 7 de diciembre de 2022 y que los plazos legales de su instrucción penal ya se encuentran totalmente excedidos. Según el texto del petitorio, la investigación judicial fue declarada compleja por un plazo de ocho meses y posteriormente recibió una prórroga de otros ocho meses, cuya vigencia culminó formalmente el 11 de abril de 2024. El documento añade que el umbral constitucional máximo de la detención, calculado al duplicar el plazo de complejidad y sumar la prórroga, venció de manera definitiva el 16 de diciembre de 2024.

Por su parte, el abogado constitucionalista Erick Urbina sostuvo que los argumentos de la solicitud carecen de base legal aplicable porque el exmandatario ya cuenta con una condena penal emitida dentro de los plazos establecidos por ley. Según explicó el especialista, los periodos y plazos bajo los cuales Castillo fue instruido y juzgado no han excedido los marcos legales previstos debido a que el proceso penal se encuentra actualmente en la etapa de apelación de sentencia. Urbina precisó que el solicitante no se encuentra bajo una prolongación indebida de la instrucción judicial, sino cumpliendo una condena impuesta por la Corte Suprema de Justicia.

Las posturas del Ejecutivo y la resistencia del ministro de Justicia

 

El presidente de la República, José María Balcázar Zelada, manifestó públicamente que el escenario legal de este caso debe analizarse bajo los alcances del nuevo informe emitido por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU. El jefe de Estado declaró a Radio Nacional que dicho documento internacional, si bien no es vinculante para el Estado peruano, recomienda considerar que la detención del exmandatario califica como un arresto de carácter arbitrario. Asimismo, el mandatario emplazó al titular del sector Justicia a evaluar detenidamente el instrumento internacional en su condición de asesor del Consejo de Ministros.

La viabilidad legal de la gracia presidencial se encuentra paralizada debido a la postura institucional del ministro de Justicia y Derechos Humanos, Luis Jiménez, quien se niega a firmar el refrendo del beneficio. Según declaró el propio ministro Luis Jiménez, cualquier decisión de indulto u otorgamiento de gracia que decida tomar el presidente de la República requiere obligatoriamente del refrendo ministerial para tener validez legal. Jiménez ratificó públicamente que, si el despacho ministerial no firma y refrenda el documento, la gracia presidencial solicitada por Pedro Castillo no procede bajo ninguna circunstancia.

Ante la firme negativa del titular de Justicia, fuentes de Palacio de Gobierno señalaron que el ministro Luis Jiménez ya tendría redactada su carta de renuncia al cargo. El reportaje detalló que el presidente José María Balcázar evalúa realizar modificaciones en su gabinete ministerial el martes 14 de julio de 2026 para designar a un reemplazo en dicha cartera. Entre los nombres evaluados en los pasillos gubernamentales se encuentran los congresistas Américo Gonza, Alfredo Pariona y el actual ministro de Trabajo, Flavio Cruz, además del excandidato presidencial Roberto Sáchica.

Cuestionamientos técnicos a la validez del informe de la ONU

 

Pedro Castillo: Del indulto a la gracia común. Foto: Cuarto Poder

El informe elaborado por el grupo de trabajo de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) sostiene que la privación de la libertad de Pedro Castillo careció de base legal y califica su mensaje a la nación del 7 de diciembre de 2022 como un acto simbólico. El texto de la ONU asegura que dicho pronunciamiento fue una expresión de su libertad de expresión que no buscó quebrar el orden constitucional ni coordinar un alzamiento con las Fuerzas Armadas. Con base en esto, el organismo internacional recomendó al Estado peruano otorgarle la libertad inmediata y concederle una indemnización económica efectiva.

No obstante, el abogado constitucionalista Erick Urbina rechazó la calificación de "acto simbólico" y afirmó que el mensaje a la nación emitido por Pedro Castillo constituyó un golpe de Estado con consecuencias jurídicas directas. Urbina detalló que el exmandatario ordenó explícitamente cerrar el Congreso de la República, intervenir el Poder Judicial, el Tribunal Constitucional y detener a la fiscal de la Nación. El especialista agregó que el informe de la ONU omite detalles decisivos del caso peruano, tales como la flagrancia del acto y el hecho de que Castillo ya había sido vacado por el Parlamento al momento de su detención.

La aplicación de este informe internacional como pretexto para otorgar un indulto presidencial generaría una infracción constitucional directa por parte del presidente José María Balcázar, según advirtieron expertos en la materia. El abogado Erick Urbina afirmó que utilizar dicho documento para liberar a Castillo violaría flagrantemente la Constitución Política del Perú y las propias normas internas de las Naciones Unidas. Urbina concluyó que cualquier gracia presidencial otorgada bajo estas condiciones ilegales sería declarada nula y podría ser revertida por la justicia, obligando al sentenciado a retornar al penal de Barbadillo.

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